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Caso del máster

La juez pudo ofrecer declarar a Casado antes de ir al Supremo

La magistrada que investiga el máster del líder popular no se acogió a la figura que permite una declaración voluntaria a los aforados para aportar sus explicaciones

El líder del PP, Pablo Casado, en Barcelona, el pasado 26 de julio AFP

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La magistrada que investiga el máster de Pablo Casado pudo concederle la oportunidad de defenderse antes de enviar su causa al Tribunal Supremo, pero no lo hizo. La juez de instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel , no le ofreció al nuevo líder del Partido Popular una declaración voluntaria para aportar sus explicaciones, una figura que recoge el artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la norma que regula el proceso penal.

Esta especie de última oportunidad que permite la ley para que un aforado se explique , antes de remitir el caso al tribunal capacitado para investigarle, sí se otorgó a otros cargos políticos involucrados en casos judiciales como la fallecida Rita Barberá o Pedro Gómez de la Serna, entonces diputado. La Audiencia de Sevilla también sugirió a los altos cargos del PSOE señalados en el caso de los ERE que se pusieran a disposición del juzgado.

La juez de Madrid solicitó al Supremo que impute a Casado, sin acudir a esta prerrogativa, y envió al Alto Tribunal una exposición razonada de 54 páginas en la que desgrana los indicios recopilados contra el líder del PP . La magistrada Rodríguez-Medel considera que el máster de Casado del curso 2008-2009 fue un «regalo» otorgado por el catedrático Enrique Álvarez Conde por su relevancia «política». Casado, entonces diputado del PP en la Asamblea de Madrid, niega el trato de favor y asegura que realizó los trabajos necesarios para completar los estudios.

Fuentes jurídicas informaron a ABC de que este ofrecimiento, con carácter general, no es una obligación , aunque sea una opción que permite agotar la investigación. El Supremo podría por ello devolver el caso al juzgado de Madrid, para que se ofrezca esta opción, según las mismas fuentes.

El Alto Tribunal marcó la pauta en 2012 y estableció que el juez de origen debe practicar todas las diligencias que sean posibles antes de elevar la causa , un contexto en el que debe incluirse la declaración voluntaria siempre que el afectado se preste a ello. Ese camino supone que el juez que dirige el caso debería facilitar al aforado todas las herramientas para su defensa.

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