causa de las fosas
El Supremo censura que el juez Garzón cuestionara la Ley de Amnistía de 1977
En la sentencia absolutoria aprobada por mayoría, los magistrados sostienen que los hechos denunciados habrían quedado absorbidos por esa norma alumbrada por todas las fuerzas políticas
El Tribunal Supremo ha dado a conocer esta mañana la última de las sentencias que quedaban pendientes por conocer y que han llevado al juez Baltasar Garzón al banquillo de los acusados. En su auto, que puedes consultar íntegro aquí, los magistrados consideran que no hay delito en la actuación de Garzón, pero la Sala subraya que el exjuez "no podría desconocer que era notorio el fallecimiento de alguno de los imputados en su causa, y la lógica del tiempo le hubiera llevado a la conclusión que cualquier persona ejerciendo funciones de mando y responsabilidad tendría en la época de los hechos una edad que en el año 2008 sería más que centenaria".
Recuerdan también los magistrados que los hechos denunciados habrían quedado absorbidos por la ley de Amnistía de 1977, aprobada por todas las fuerzas políticas, y "ningún tribunal ni juez" tiene por qué cuestionarla.
Respecto al cambio de criterio de Garzón respecto a la querella formulada en 1998 por los fusilamientos de Paracuellos (en aquella ocasión la rechazó al considerar que no se podían juzgar aquellos hechos), la Sala sostiene que ese cambio de criterio puede deberse "a la fuerza expansiva de los derechos humanos en los últimos tiempos" y, en cualquier caso, ese cambio de opinión no podría considerarse prevaricación, dicen.
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