El fiscal pide que se revoque la libertad del etarra Troitiño y que no salga hasta 2017

El presidente de la Audiencia Nacional adelanta que se convocará un pleno para resolver la cuestión, pero señala que el Supremo fijará la doctrina definitiva y que la salida de prisión del sanguinario terrorista no es definitiva

El fiscal pide que se revoque la libertad del etarra Troitiño y que no salga hasta 2017 abc

ABC y ABC

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha solicitado en un escrito fechado hoy que "se deje sin efecto la puesta en libertad del penado Antonio Troitiño " y "se proceda al abono de las prisiones provisionales sufridas de manera sucesiva según se vayan cumpliendo las ... diversas penas por la que ha sido condenado hasta alcanzar el límite de 30 años de prisión". Esta petición supondría mantener como fecha de cumplimiento y excarcelación del ex miembro del "comando Madrid" el 17 de enero de 2017 en aplicación de la "doctrina Parot". Por su parte, el presidente de la Audiencia Nacional, Ángel Juanes, ha afirmado este jueves que "no hay resquicio ni laguna legal" ante la excarcelación del histórico etarra Antonio Troitiño, sino "aplicación de la legalidad vigente", y deja claro que el Tribunal Supremo (TS) tiene "la última palabra". Juanes ha señalado que le consta que la Fiscalía recurría y el Tribunal Supremo "fijará la doctrina que considere para evitar zonas de inseguridad". "Comprendo desde el punto de vista de la opinión pública la alarma que ha podido producir y la sensibilidad, pero se ha aplicado la legalidad, no había otra solución ", ha agregado. Además, señala que es "posible" que el etarra volviera a la cárcel tras el recurso de la Fiscalía, "si el TS estima el recurso y considera que el tiempo de ese descuento no se debe hacer del límite de la pena". "Puede volver por la vía del recurso o por otras vías legales que pudieran existir al respecto, por lo que no se puede decir que es una salida definitiva", ha añadido. Juanes deja claro además que la Audiencia Nacional "no va a operar con criterios políticos, porque nunca lo hace", y matiza que "se trata de un caso concreto como consecuencia de la aplicación de una doctrina del Tribunal Constitucional que dice que cuando una persona esta cumpliendo prisión preventiva por una causa y por otra esta cumpliendo condena se computa doble y hay que descontarlo". Sin embargo, recuerda que se ha modificado ya en el Código Penal y que "no se puede hacer un doble abono de prisión".

«Hay un problema interpretativo, pero se ha aplicado la legalidad»

"Hay un problema interpretativo y habría que ver si la doctrina Parot no se aplica sólo a los beneficios penitenciarios, sino también al doble computo de la prisión en virtud de una interpretación que hizo el Constitucional que no era la que hacia el Supremo", señala Juanes, tras explicar que la reforma del Código Penal tenia por objeto evitar "esa doble interpretación". "Por muy doloroso que parezca ante delitos muy graves como son, cuando se cumple condena se extingue la pena. Eso es el Estado de Derecho", sentencia.

Pleno en la Audiencia Nacional

En este marco, avanza que se va a convocar un pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, "sin fecha por el momento", para intentar resolver esta cuestión. "No se puede adelantar el resultado del pleno porque se tienen que resolver allí. Puedo tener mi opinión personal, pero la que cuenta es la del pleno y no puedo aventurar ninguna resolución al respecto", concluye.

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