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El TC salva al Estado de devolver las multas de la segunda alarma al avalar cierres perimetrales y toques de queda

A diferencia del confinamiento generalizado de la primera alarma, cree que estas medidas fueron «necesarias para hacer frente a las constatadas mutaciones del virus y a su creciente propagación»

Edificio del Tribunal Constitucional en Madrid Vídeo: EP
Nati Villanueva

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El Pleno del Tribunal Constitucional considera que las restricciones de movilidad entre distintas comunidades autónomas durante el segundo estado de alarma superaron el juicio de proporcionalidad necesario, por lo que avala la constitucionalidad de las medidas que se establecieron en este sentido. De ... esta forma, el TC blinda al Estado frente a las posibles responsabilidades patrimoniales que podrían derivarse de las multas impuestas a quien se saltó esas restricciones. Según el TC, la limitación de entrada y salida de personas en comunidades y ciudades autónomas o en ámbitos territoriales inferiores «resultó adecuada porque era apta para dar cumplimiento a una finalidad legítima como era la de reducir sustancialmente la movilidad del virus» y «necesaria para hacer frente a las constatadas mutaciones del virus y a su creciente propagación, como también al previsible incremento de la presión asistencial y hospitalaria».

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