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La Audiencia no aplica la «doctrina Parot» a un etarra condenado a 42 años
Asegura que ya se le aplicó un criterio de cómputo de las penas que no es revisable
La Audiencia Nacional ha dejado en libertad al preso etarra Mario Artola, condenado a 42 años por asesinar en 1991 a un camarero de un club de San Sebastián, al no aplicarle la «doctrina Parot», que obliga a descontar los beneficios penitenciarios del ... total de las penas y no del máximo de cumplimiento efectivo.
La Sección Primera de la Sala Penal argumenta que en un auto de octubre de 1997 ya se adoptó un determinado criterio de cómputo de redenciones y «la aplicación de otro criterio posteriormente utilizado (en referencia a las últimas sentencias del Tribunal Constitucional) obligaría a modificar el sentido del fallo de esta resolución». En definitiva, según los magistrados, ese auto «creó una situación jurídica consolidada». Así, los magistrados fijan su licenciamiento definitivo con fecha de 21 de abril de 2012 y carácter retroactivo, lo que significa que Artola abandonará de inmediato la prisión de Daroca (Zaragoza) en la que estaba interno.
Un caso distinto
Por contra, este mismo tribunal sí ha aplicado la «doctrina Parot» al etarra Alberto Plazaola , condenado a 36 años por dos delitos de asesinato frustrado por la colocación de una bomba en un bar de Eskoriatza (Guipúzcoa) en 1987, y a otros 10 años por estragos. En este caso, aclaran los jueces, «no se realizó juicio alguno que implicase la fijación de una pauta diferente y más favorable sobre la forma de abono de las redenciones».
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