La Audiencia condena a 30 años de cárcel al etarra Jon Bienzobas por matar a Tomás y Valiente
La Audiencia Nacional ha condenado a 30 años de prisión a Jon Bienzobas, Karaka, por el asesinato del ex presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Tomás y Valiente, en su despacho de la
La Audiencia Nacional ha condenado a 30 años de prisión a Jon Bienzobas, Karaka, por el asesinato del ex presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Tomás y Valiente, en su despacho de la Universidad Autónoma de Madrid el 14 de febrero de 1996. Sin embargo, ha ... sido absuelto de los delitos de incendio o estragos terroristas y de cuatro delitos de lesiones terroristas por los que también era acusado.
Bienzobas deberá indemnizar con 500.000 euros a la viuda y a sus cuatro hijos, además de con otros 400.000 a su hijo Miguel por el desencadenamiento, tras la muerte de su padre, de la enfermedad de Parkinson.
Jon Bienzobas Arreche formó parte de los comandos Vizcaya y Madrid, y huyó de España en 1990. Presuntamente participó el 10 de junio de ese año en el asesinato de Rafael Sansebastián Frechoso en un bar de Getxo. Bienzobas también es el presunto autor del atentado que, el 20 de mayo de 1996, costó la vida en Córdoba al sargento del Ejército Miguel Angel Ayllón.
Tres disparos
En la sentencia hecha pública hoy, la Sección Tercera, presidida por Alfonso Guevara, explica que los hechos tuvieron lugar en la facultad de Derecho, junto a una galería donde esperaban numerosos alumnos para revisar un examen, quienes manifestaron de forma "clara, concurrente y contundente" cómo oyeron tres disparos y acto seguido vieron salir del despacho de Tomas y Valiente al que identificaron "sin ningún género de dudas" como Jon Bienzobas, con una pistola "aún humeante" en la mano.
Varios intentaron sacar al profesor y llevarlo al garaje para llevarle a urgencias pero ya en el garaje se dieron cuenta que había muerto. Según la Sala, este fue un delito "flagrante", es decir, cometido de manera "escandalosa y ostentosa". Y es que los disparos se efectuaron desde la puerta del despacho, a corta distancia, estando la víctima sentada, "indefensa", en la mesa del despacho.
"La incardinación de los hechos declarados probados no ofrece duda ni complejidad argumentativa pues el atentado contra Tomas y Valiente lo fue precisamente por su condición de ex presidente del Tribunal Constitucional y que el mismo, en tal condición, era objetivo de ETA, según diversa documentación incautada a ETA", argumenta el tribunal.
Con alevosía
Además, considera que en el delito hay un agravante de alevosía porque se buscó el momento y el lugar en que la víctima se encontraba en su despacho de la universidad, "confiado, sin posibilidad alguna de defensa", tal y como quedó acreditado por la pericial.
Según esta prueba, el profesor estaría hablando por teléfono, por el teléfono descolgado, sin mirando a la puerta, fue en el momento que se giró cuando le disparó tres tiros a bocajarro en la cabeza, mortales de necesidad.
"El ataque sorpresivo, con armas, contra una persona inadvertida y desarmada, que como único medio de defensa frente a un arma fue proteger la cara con sus manos, se valora como claramente alevoso, por lo que procede apreciar dicha agravante", añade.
Acto abominable
Según recoge la sentencia, Tomas y Valiente había abandona el Constitucional para volver a la universidad como catedrático de Derecho, con el correspondiente abandono de la protección que su anterior cargo ostentaba.
Y el asesinato se produjo "con absoluta impunidad, en el marco de una institución como es la universidad, paradigma de la tolerancia y de la razón, donde una taque era y debería ser siempre, absolutamente abominable, lo que constituye un plus de antijuricidad, por cuanto ataque a los pilares de la convivencia pacífica y democrática en que se sustenta nuestro Estado de Derecho".
Por ello, el tribunal estima que la pena no puede dejarse en el grado medio, por apreciar una especial perversidad en la acción, exorbitante al atentado básico. "Se buscó una especial repercusión, incrementando el temor de la población, al incidir en la seguridad de una institución inminentemente pacífica como es la universidad al tiempo que una situación de especial vulnerabilidad de la víctima, por lo que se estima apropiada la determinación de la pena en el grado máximo", concluye.
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