¿Qué fue de aquel «Estat català»?
En 1931 Cataluña aprueba en referéndum un «Estatut» que las Cortes devuelven sin preámbulo y con 34 artículos menos. La Generalitat de Macià lo ratifica. De un «Estado autónomo dentro de la República Española» se pasó a una «región autónoma dentro del Estado Español»
POR ÁNGEL GONZÁLEZ ABAD
BARCELONA. ¿Erán otros tiempos? Evidente. Estamos en 1931. Francesc Macià, líder de Esquerra Republicana de Catalunya y ganador de las elecciones del 12 de abril, proclamó el día 14 la República catalana como un Estado dentro de la Federación Ibérica. Tres ... días después hubo de dar marcha atrás y pactar con el Gobierno provisional una Generalitat que nacía como órgano preautonómico y que entre sus objetivos primordiales tenía la elaboración de un Estatuto de autonomía en el que se comenzó a trabajar de inmediato. El 2 de agosto el proyecto de Estatuto fue ratificado en referéndum con el 99 por ciento de los votos favorables -sólo votos masculinos dada la época-.
Como ahora, la propuesta fue presentada en las Cortes. Francesc Macià, presidente de la Generalitat, se lo entregó a Niceto Alcalá Zamora, presidente del Gobierno provisional de la República el 18 de agosto. Más de un año de debates en Comisión hasta que el 15 de septiembre de 1932 las Cortes aprueban el nuevo Estatuto que fue devuelto a Cataluña sensiblemente cercenado sobre su origen.
Duros y tensos debieron ser los debates -firmes también- dado que del texto original desaparecieron el preámbulo y 34 artículos. Nada que rozara lo más mínimo la Constitución aprobada en diciembre de 1931 tuvo cabida en el texto que la Generalitat publicó sin reparos en el boletín oficial y que legitimaba el poder autonómico.
De la «república catalana» decretada de forma unilateral por Macià se pasó a «Estado autónomo dentro de la República Española» -tal como lo definía el proyecto de Estatuto-, y de ahí a «región autónoma dentro del Estado español», según lo aprobado finalmente por las Cortes.
Nadie hablaba de «nación»
Nadie hablaba entonces de «nación catalana» y a nadie le tembló el pulso a la hora de afrontar responsabilidades que, a tenor del resultado final, fueron asumidas tanto desde Cataluña como desde el resto de España.
El denominado Estatut de Núria contaba con 52 artículos distribuidos en ocho títulos y un preámbulo que se refería a la voluntad de Cataluña de que el Estado español «se estructure de una manera que haga posible la federación entre todos los pueblos hispánicos». Recogía la necesidad de liberar a los jóvenes de la «esclavitud del servicio militar».
Todo fue eliminado. Ni una línea del preámbulo se mantuvo en el texto aprobado por las Cortes y asumido por la Generalitat, como igualmente se rechazaron algunas de las pretensiones imperialistas que se contenían en el articulado. Concretamente quedó eliminada la posibilidad de agregación de territorios limítrofes que expresaran su voluntad de pertenecer a Cataluña. En cuanto al uso del catalán también hubo modificaciones y así se pasó de la pretendida oficialidad única del catalán a la cooficialidad del catalán y el español.
Tampoco se incluyeron finalmente las competencias legislativas sobre Enseñanza y hubo un sensible recorte en otras competencias que pretendían ser ejecutivas como la forma de matrimonio, la ordenación de los registros e hipotecas, la propiedad intelectual e industrial y otras también relacionadas con la administración de Justicia en materia penal, mercantil, social y procesal.
También como ahora, la financiación resultó uno de los puntos clave y sufrió retoques a la baja. Se disminuyeron los recursos procedentes de los impuestos y se introdujo una fiscalización de las finanzas de la Generalitat por parte del Tribunal de Cuentas de la República.
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