El Senado ya instó al Gobierno de Zapatero a legislar sobre el burka
Solo Francia y Bélgica regulan su prohibición en espacios públicos por motivos de seguridad
El Senado ya instó al Gobierno de Zapatero a legislar sobre el burka
Que la posible regulación del uso del burka es un asunto incómodo dan fe las oportunidades que ha habido en España de legislar sobre el uso de esta prenda sin que ningún gobierno hasta ahora se haya atrevido a hacerlo.
En junio de 2010 ... el Senado ya instó al Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero a realizar las reformas legales y reglamentarias necesarias para prohibir «el uso en espacios o acontecimientos públicos que no tengan una finalidad estrictamente religiosa, de vestimentas o accesorios en el atuendo que provoquen que el rostro quede completamente cubierto y dificulten así la identificación y la comunicación visual». La moción aprobada en la Cámara Alta no basaba esta prohibición en la seguridad ciudadana, sino en considerar esta práctica «una discriminación contraria a la dignidad de las personas y lesivas de la igualdad real y efectiva de los hombres y mujeres». Se trataba de un argumento que reiteradamente había expuesto la exministra de Igualdad Bibiana Aído, pero el gobierno del que formaba parte se abstuvo de plasmar en la ley esta iniciativa, y menos con unas elecciones generales a la vuelta de la esquina.
No hay pues ninguna ley estatal que establezca la prohibición del velo integral y que limite uno de los contenidos de la libertad religiosa prevista en el artículo 16 de la Constitución Española. De hecho, Cataluña también sometió a su parlamento autonómico una moción de similar sentido a la del Senado y tampoco el gobierno de la Generalitat quiso plasmarla en ley.
Salvo las excepciones de Francia (ley 11 de octubre de 2010) y Bélgica (1 de junio de 2011), en el entorno occidental no existe en general esa prohibición. La ley gala, en concreto, fue avalada por el Tribunal de Derechos Humanos Europeo , que entendió la necesidad de las autoridades «de identificar a los individuos para prevenir atentados contra la seguridad de las personas».
Por su parte, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa exhortó a los Estados miembros a no establecer una «prohibición general del velo completo (...) sino cuando la misma sirva para proteger a las mujeres», aunque añadía que las restricciones legales a esa libertad pueden estar justificadas en una sociedad democrática «por motivos de seguridad».
Solo mediante una ley
El propio Tribunal Supremo reconoció en su sentencia de 2013 que ni siquiera en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos es posible encontrar «una pauta segura e inequívoca para el tratamiento jurisdiccional» de este asunto. Fue la primera vez que el Alto Tribunal, máxima instancia jurisdiccional en España, se pronunciaba sobre el uso del burka, si bien lo hizo solo para tumbar una ordenanza municipal de Lérida que prohibía esta prenda en espacios públicos.
Como informó ayer ABC, la Sala Tercera del Supremo se limitó a anular ese acuerdo al no tener potestad un ayuntamiento para legislar sobre este asunto, pues incide directamente en un derecho fundamental recogido en la Constitución. El Supremo aprovechaba para recordar que la regulación por ley del uso del burka es una «exigencia indeclinable», aunque reconocía que se trata de un «problema de marcado sentido político (...) en el que su tratamiento jurídico dista mucho de haber obtenido un mínimo consenso en razón de sus diferentes marcos constitucionales y culturales».
El ministro del Interior planteó el miércoles la posibilidad de que los grupos parlamentarios propongan regular la prohibición del burka en lugares públicos, durante la tramitación de la Ley de Seguridad Ciudadana .
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