Estas son las novedades de la Ley de Seguridad Ciudadana
El Consejo de Ministros ha aprobado este proyecto de ley suavizando algunos de sus puntos más polémicos
Actualizado:El Consejo de Ministros ha aprobado este proyecto de ley suavizando algunos de sus puntos más polémicos
123456Una ley suavizada
El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz - efe El proyecto que ha aprobado este viernes el Consejo de Ministros es una versión muy suavizada del anteproyecto que presentó en 2013.
Tras consultar a los órganos pertinentes como el Consejo de Estado y a organizaciones no gubernamentales como Amnistía Internacional, la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana ha vuelto a la mesa del Consejo con varias novedades. A continuación, detallamos los puntos más importantes.
¿Se podrá volver a repetir un «Rodea el Congreso»?
Agentes en el dispositivo de la concentración «Rodea el Congreso» en 2013 - de sanbernardo Sí, la disposición final no prohíbe manifestarse ante el Congreso o el Senado, siempre y cuando estas concentraciones «hayan sido debidamente comunicadas a la Delegación del Gobierno».
Se sancionarán como infracción leve las manifestaciones ante las Cortes o los Parlamentos autonómicos que no hayan sido comunicadas, es decir, como cualquier otra concentración.
Lo que sí sancionará de forma grave son las acciones «violentas, agresivas, coactivas» que se produzcan en estas manifestaciones.
Sí supondrán sanciones muy graves las reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en infraestructuras o instalaciones en las que se prestan servicios básicos para la comunidad. El Gobierno se refiere a centrales nucleares, petroquímicas, refinerías y depósitos de combustible; los puertos, aeropuertos y demás infraestructuras de transportes; y los servicios de suministro y distribución de agua, gas y electricidad.
Límite de seis horas de retención
Dispositivo policial de las marchas mineras en Madrid en 2012 - Jaime García El Gobierno ha decidido seguir la recomendación del Consejo de Estado que aconsejaba que las retenciones en comisaría no superen las seis horas.
La Ley anuncia que los agentes podrán pedir que las personas se identifiques cuando «existan indicios de que han podido participar en la comisión de una infracción» o cuando se considere «razonablemente» necesario para prevenir la comisión de un delito.
Si el ciudadano se niega a identificarse, los agentes podrán llevarle a las «dependencias policiales más próximas» para proceder a esta identificación por el tiempo estrictamente necesario siempre que no se superen las seis horas.
Los cacheos
Unos agentes cachean a unos jóvenes en una ronda rutinaria en Madrid - archivo Esta ley regula por primera vez en su artículo 20 la práctica de los registros corporales externos o cacheos. Solo podrán realizarse cuando existan «indicios racionales» y en busca de «instrumentos, efectos u otros objetos relevantes» para la indagación y prevención.
La nueva legislación también matiza que estos cacheos se llevarán a cabo con el menor perjuicio a la intimidad y dignidad de la persona afectada, que será informada de modo inmediato y comprensible de las razones de su realización .
Prostitución en la vía pública
Un grupo de mujeres en la calle Montera - Jose Alfonso La Ley sancionará al cliente que solicite servicios sexuales en la vía pública, pero no a la prostituta. Era uno de los puntos más polémicos de esta ley, que también ha decidido modificar el Gobierno.
En el documento se especifica que «no sanciona la prostitución ni entra siqueira en ese debate», pero argumenta la imposición de estas multas a los clientes para asegurar la protección de la infancia y la seguridad vial. Por ello, se sancionará el reclamo de estos servicios sexuales cerca de centros educativos, parques o espacios de ocio de los menores y zona de tránsito público.
El uso de imágenes de la Policía, infracción grave
Cordón policial en las inmediaciones de la Plaza de Colón hoy al término de las marchas por la dignidad - efe En el apartado de infracciones graves, se incluye «el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad» que puedan poner en peligro «su seguridad personal, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación». Un artículo que en el anteproyecto constituía una infracción leve, junto a las coacciones y amenazas a los agentes.