poder judicial
Seis vocales del CGPJ se quejan de que se les esté despojando de sus funciones
Recuerdan que son ellos quienes, como miembros de un órgano colegial, han de asumir las materias de carácter jurisdiccional
Seis vocales del CGPJ se quejan de que se les esté despojando de sus funciones
La tensión se viene mascando desde hace semanas. El nuevo diseño del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que concentra en la Comisión Permanente (cinco vocales más el presidente) el grueso de la actividad diaria del órgano de gobierno de los jueces, está sacando a ... flote el malestar por el «modelo presidencialista» del órgano colegial que encabeza Carlos Lesmes. Prueba de ello es el escrito firmado por seis vocales sobre la tramitación del reglamento de organización y funcionamiento del Consejo. Para descargar de trabajo a la Comisión Permanente, se quiere dejar en manos de jefes de Servicio (y no de los vocales) materias que, a juicio de estos vocales, afectan a la actividad jurisdiccional, como las relativas a permisos o licencias, lo que «desdibuja y vacía de contenido destacados ámbitos de actuación» de los vocales.
La nueva redacción de la ley que reformó el CGPJ el pasado junio establecía expresamente que el citado reglamento «podrá atribuir competencias a los jefes de los servicios para supuestos que, sin estar reservados al Pleno, no supongan ejercicio de potestades discrecionales». Los vocales abogan por que sea en el contexto de esa reforma global del reglamento, y no en este momento de forma precipitada, donde se aborden y «analicen en profundidad» los aspectos organizativos y de funcionamiento del nuevo diseño del CGPJ. «Entendemos que prorrogar la situación actual el breve lapso de tiempo hasta la elaboración del nuevo reglamento no supondría el colapso mencionado» en el funcionamiento de la Comisión Permanente» señalan Roser Bach, María Victoria Cinto, Clara Martínez de Careaga, Rafael Mozo, María Concepción Sáez y Pilar Sepúlveda.
«Vacío de contenido»
Los vocales advierten de que pese a que la reforma se presenta como una medida organizativa que afecta al ejercicio de potestades regladas, su «relevancia orgánica y funcional es innegable por cuanto desvela un determinado modelo de gobierno de este órgano constitucional, un modelo que tiende a vaciar de contenido destacados ámbitos de actuación de los vocales que son fundamentales en este órgano por cuanto afectan a su esencia colegial y que, además, supone alejarles del día a día de la carrera judicial».
En este sentido, subrayan que «se propone sustraer a la decisión de los vocales» determinadas materias que pueden afectar de forma directa a la actividad jurisdiccional «para atribuírselas a un jefe o jefa de servicio que está sometido jerárquicamente a la presidencia o a la secretaria general del Consejo y, por tanto, sometido a sus superiores y no al conjunto de vocales en Pleno (...)».
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