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El TC deja sin efecto la suspensión del decreto antidesahucios de Andalucía
Dice que no puede decidir si mantiene una medida que afecta a un decreto que ya no existe, al haber sido sustituido por una ley
El TC deja sin efecto la suspensión del decreto antidesahucios de Andalucía
El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado declarar la «desaparición sobrevenida del objeto del incidente sobre el mantenimiento o levantamiento de la suspensión» del decreto «antidesahucios» de la Junta de Andalucía. Esta norma quedó suspendida cautelarmente el pasado 9 de julio como consecuencia de la ... admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno. El TC señala que la derogación del decreto ha provocado «la desaparición sobrevenida del objeto del incidente sobre el mantenimiento o levantamiento de la suspensión», pues «no es posible» resolver si debe mantenerse o no una medida que afecta a una «disposición que no se encuentra vigente por haber sido derogada por el legislador autonómico». En otras palabras, al haber derogado el ejecutivo autonómico este decreto (en favor de una ley sobre el mismo asunto) ya no tiene sentido mantener la suspensión de algo que ya no existe.
El Pleno aclara que esta decisión no supone «pronunciamiento alguno sobre el fondo del asunto planteado en el presente proceso constitucional». Así el Tribunal Constitucional resolverá en su momento el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno contra el «decreto antidesahucios» de Andalucía. Sólo entonces podrá determinar si ha decaído o no el objeto del recurso.
La nueva «ley antidesahucios» entró en vigor el pasado 9 de octubre. Su objetivo es el mismo que el del decreto ley: «abaratar el acceso a la vivienda en alquiler y evitar desahucios de personas que ya no tienen ninguna alternativa y están en riesgo exclusión social».
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