Castro intenta ahora acusar de blanqueo a la Infanta al no probar un delito fiscal

Hacienda informa de que si el préstamo del Rey a su hija fuera una donación encubierta, habría prescrito

Castro intenta ahora acusar de blanqueo a la Infanta al no probar un delito fiscal abc

pablo muñoz

Los últimos movimientos del juez Castro en la instrucción del caso Nóos , solicitando información sobre si la Infanta Cristina utilizaba el dinero de Aizoon para pagar gastos particulares, ha causado perplejidad entre los investigadores, entre otras razones porque prácticamente desde el principio de ... la instrucción existían datos de que, en efecto, eso se había producido . Incluso, en su primera declaración Iñaki Urdangarín fue preguntado una y otra vez por cómo se habían pagado las obras de su vivienda de Pedralbes, en Barcelona, descendiendo hasta el detalle de unos termos.

«Por sus movimientos, da la impresión de que el juez quiere acumular datos para justificar la imputación de un delito de blanqueo», sostienen las fuentes consultadas por ABC, que sin embargo consideran que desde un punto de vista técnico sería incomprensible esta decisión. «Para que exista un delito de blanqueo -sostienen las fuentes- es necesario que haya un delito antecedente, bien por comisión o por tener conocimiento de que el mismo se está produciendo. En el caso de la Infanta Cristina es obvio que el primero de los supuestos no se produce -así lo dictaminó la Audiencia Provincial de Palma, pero tampoco el segundo, puesto que el mismo órgano jurisdiccional consideró que la hija menor de los Reyes no conocía las actividades supuestamente irregulares de su marido».

No obstante, la Audiencia consideró que era posible que hubiese existido blanqueo en el caso de que la Infanta hubiese sabido que Aizoon era en realidad una sociedad pantalla constituida con una finalidad únicamente defraudadora, lo que distintas fuentes consideran prácticamente imposible de demostrar.

Imputación dudosa

«No se puede acusar de blanqueo -continúan las fuentes del caso- a quien no tiene conocimiento de que su marido puede estar obteniendo dinero de forma irregular , por mucho que esas ganancias se consigan a través de una empresa de la que ambos comparten propiedad pero que, de hecho, solo es controlada por el cónyuge, como en este caso. Si yo gasto un dinero de mi cónyuge en la creencia de que ha sido legalmente obtenido a través de la empresa que compartimos es imposible construir una acusación de blanqueo», sostienen los expertos consultados por ABC.

En el caso Nóos los caminos del Ministerio Público y del juez parecen ya irreconciliables. El divorcio se produjo por la decisión unilateral del instructor, José Castro, de imputar a la Infanta Cristina en contra del criterio del fiscal Anticorrupción, Pedro Horrach. El magistrado estaba convencido de que la Audiencia Provincial respaldaría su criterio, pero se equivocó. La Sala, en su argumentación de fondo, dio la razón a la acusación pública, pero a cambio dejaba formalmente una puerta abierta al instructor para que continuara su investigación ya solo por un delito fiscal, y paradójicamente también de blanqueo, a pesar de que admitía que Doña Cristina no conocía las actividades irregulares de su marido.

«La Sala trató de contemporizar -sostienen las fuentes-. No quería desautorizar al instructor en un asunto tan delicado, pero a pesar de eso Castro se sintió herido y ha querido continuar hasta el final, dilatando la instrucción quizá para ganar tiempo para construir un nuevo escrito de imputación o bien para ver si tiene suerte y hay algún elemento nuevo al que aferrarse». El resultado es una dilación en el cierre de la instrucción que comienza a ser clamoroso.

En realidad, distintos expertos consultados consideran que el juez está planteando una especie de investigación inquisitorial sobre una persona que ni siquiera está imputada, pero cuya situación personal -miembro de la Familia Real-, le impide defenderse como a cualquier ciudadano sin que sea interpretado como un intento de obstrucción a la Justicia. No obstante, la Fiscalía Anticorrupción no tiene decidido si recurrirá ante esa posible imputación por blanqueo.

Contrato público

El préstamo de 1,2 millones que en 2004 concedió el Rey a su hija para la compra de la vivienda de Pedralbes es un buen ejemplo de todo esto. Ha hecho correr ríos de tinta, la Casa Real ha respondido con celeridad al revuelo haciendo pública la escritura del «préstamo entre particulares», perfectamente regulada. Todo ello mientras hay quien ha tratado de introducir la especie de que en realidad se trataba de una donación encubierta, que debía cotizar al 30 por ciento y por tanto podía existir un delito fiscal.

Una vez más, la realidad de los hechos se ha impuesto en este caso. En primer lugar, no existe ni una sola prueba de que en efecto se tratara de una donación encubierta -los documentos dicen lo contrario-, pero es que además si eso hubiese sido así la irregularidad estaría prescrita, tal como ha informado, en consultas informales, la Agencia Tributaria.

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