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¿Cuáles son las principales novedades de la declaración del IRPF correspondiente a 2012?

Iván Sáez, Manager en el Departamento Human Capital de Ernst&Young, especializado en el área fiscal y de Seguridad Social Internacional de expatriados, nos desvela cada día algunos secretos para sacarle el mayor partido a la declaración de la renta

iván sáez

Las novedades fiscales que afectan a la preparación de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2012 han sido introducidas por diversas disposiciones, siendo las principales:

Se permite exceptuar de gravamen en el IRPF el 50% de la ganancia patrimonial resultante de la transmisión de inmuebles urbanos adquirido a título oneroso entre el 12/05/2012 y el 31/12/2012, así como la ganancial patrimonial que, en ciertos casos, se generen por la dación en pago del inmueble.

Se introduce un nuevo requisito para el reconocimiento de la exención de la indemnización por despido. Así, desde el 7/07/2012, aunque el empresario reconozca la improcedencia del despido, ya no es posible el abono directo de la indemnización al trabajador, si no que será necesario que se produzca la conciliación o la resolución judicial.

Con efectos 1 de enero de 2012, no se computarán como pérdidas patrimoniales las derivadas del juego, distintas de las Loterías y Apuestas del Estado y por los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas, así como de los sorteos organizados por la Cruz Roja Española y de las modalidades de juegos autorizadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles, es decir las derivadas de bingos, casinos y similares, obtenidas en el período impositivo que excedan de las ganancias obtenidas en el juego en el mismo periodo. Esto implica que sí se puedan compensar las pérdidas patrimoniales derivadas del juego con el límite máximo de las ganancias del juego del año.

A partir del 1 de enero de 2013 se suprime la deducción por cuenta ahorro vivienda. Sin embargo, se establece un régimen transitorio para los contribuyentes que, con anterioridad al 1 de enero de 2013, hubieran depositado cantidades en cuentas vivienda, siempre que en dicha fecha no hubiera transcurrido el plazo de cuatro años desde la apertura de la misma, y es que podrán optar en la declaración de 2012 entre: (I) proceder a la inversión en un plazo de 4 años desde la primera aportación o (II) devolver las deducciones ya practicadas hasta este año sin intereses de demora.

Se elimina para el ejercicio 2012 la compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual para inmuebles adquiridos entes del 20 de enero de 2006, que permitiría equiparar el importe de la deducción a la proporcionada por la anterior Ley del IRPF

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