La Secretaría de Estado de Seguridad da instrucciones a la Policía ante casos de acoso
Remite una circular a las distintas delegaciones del Gobierno sobre cómo deben actuar los agentes en casos de «acoso, hostigamiento y coacción a cargos públicos»
La Secretaría de Estado de Seguridad da instrucciones a la Policía ante casos de acoso
La Secretaría de Estado de Seguridad ha remitido una circular a las distintas delegaciones del Gobierno en la que da órdenes sobre cómo deben actuar las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ante los «actos de acoso, hostigamiento y coacción a cargos públicos que ... se produzcan».
Según ha podido saber ABC de fuentes gubernamentales, los agentes que intervengan en concentraciones como las que está convocando la Plataforma de Afectados por la Hipoteca frente a las casas de algunos miembros del PP y de las sedes del partido— tendrán que seguir una serie de instrucciones fijadas por el Gobierno.
Cuando se trate de concentraciones «pacíficas» pero no comunicadas, la Secretaría de Estado de Seguridad ordena que se actúe con arreglo a la Ley Orgánica 1/1992 de Protección de la Seguridad Ciudadana. Ello supone identificar a los concentrados y proponer las sanciones que legalmente correspondan en los términos que exige la Ley Orgánica 9/1983, que regula el derecho de reunión.
Si quienes participan en estos actos de acoso masivo a cargos públicos se comportan «de forma violenta, profieren amenazas, coacciones u otros actos delictivos», los agentes deberán identificarlos y, en su caso, detenerlos, dando traslado a la autoridad judicial competente.
Pero además, la Secretaría de Estado de Seguridad ha fijado unos criterios en caso de que las concentraciones no comunicadas se realicen ante los domicilios particulares de los cargos públicos, como las que se vienen produciendo desde que la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) antidesahucios promovida por la PAH comenzó su andadura en el Congreso.
En estos casos se adoptarán, además de las anteriores medidas, todas las que sean necesarias para «salvaguardar —asegurando una distancia prudencial— la inviolabilidad del domicilio y el derecho a la intimidad personal y familiar de los afectados, sus familias y el resto de los residentes en el inmueble», aunque no especifica a qué distancia debe fijarse ese perímetro de seguridad.
También indica a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que deben salvaguardar «la libertad de circulación de los ciudadanos, actuando con arreglo al principio de proporcionalidad» para garantizar que no se produzcan cortes de tráfico, ni se impida la libre entrada y salida de los edificios y el tránsito normal de peatones.
Noticias relacionadas
- La defensora del Pueblo reclama más facultades para los jueces en los desahucios
- La Policía fijará un cordón de seguridad de 300 metros para proteger casas de políticos de los acosos
- La sede del PP duplica en valor inmobiliario a la del PSOE
- Interior aclara que el perímetro de seguridad en los acosos dependerá de cada caso
Ver comentarios