El TSJM obliga a revisar el precio de la expropiación de Rumasa cuarenta años después
La decisión la tomó en 1983 el Gobierno de Felipe González
José María Ruiz-Mateos, el patriarca destronado
El empresario Ruiz-Mateos en su domicilio de Madrid en 2012
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado la razón a la familia de Ruiz-Mateos y el Estado tendrá que recalcular el valor de las acciones del Grupo Rumasa, 40 años después de que les fuera ... expropiado.
En la sentencia, a la que tuvo acceso ABC, el TSJM obliga a Hacienda a tramitar un expediente para volver a tasar la corporación, "teniendo en cuenta la totalidad de las acciones o participaciones sociales representativas del capital social de las sociedades integrantes del Grupo Rumasa".
Para la familia el valor del 'holding' llegaba a los 13.712 millones de euros. Lleva años litigando y reclamando una indemnización, después de que el grupo fuera intervenido en 1983 por el Gobierno de Felipe González. En la última resolución, de marzo de 2021, el director general de Patrimonio del Estado denegó la solicitud y concluyó que el valor de la acción era de «cero euros», argumentando, en «aras de la seguridad jurídica», que la cuestión ya estaba juzgada y «confirmada de forma reiterada» por el Tribunal Supremo.
Ahora, la justicia ha estimado el recurso de la viuda de José María Ruiz-Mateos, Teresa Rivero, actuando en su nombre y en beneficio de los expropiados socios de Rumasa.
Su defensa, ejercida por el abogado Juan Manuel García-Gallardo, se apoyó en la sentencia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (TEDH) de 23 de junio de 1993 que declaró que hubo una violación del art. 6.1 de la Convención Europea para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales en lo que respecta a la duración del caso y al carácter justo de las actuaciones seguidas y que, según él, a día de hoy «subsiste».
Esgrimió, por tanto, que las resoluciones dictadas hasta el momento «no se ajustan a derecho» y «no hay una declaración judicial firme de justiprecio cero de las acciones de Rumasa ni de un neto patrimonial negativo» en la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de noviembre de 2004.
Y los magistrados lo estiman en contra del criterio de la Abogacía del Estado, cuya tesis, en línea con la Agencia Tributaria, incidía en que se fijó un valor neto patrimonial negativo de más de 260.000 millones de pesetas en el momento de la expropiación, y el asunto ya había quedado resuelto por el Alto Tribunal. Si bien, planteó la posibilidad de «retrotraer las actuaciones» en caso de «apreciarse la inexistencia de cosa juzgada positiva» y que las resoluciones que habían sido recurridas no fueran «conformes a derecho».
Finalmente la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictaminado que ha de hacerse una «valoración de las acciones de Rumasa a la vista del balance consolidado del grupo». Contra la sentencia cabe recurso ante el Alto Tribunal.
Para la familia Ruiz-Mateos la sentencia debería conllevar hacer una revisión de todos los procedimientos relativos a las empresas que formaban parte del Grupo Rumasa que tuvieron lugar en estos cuarenta años. En un comunicado, difundido por su defensa, reivindican que el «mismo» Estado que «vendió», por ejemplo, Galerías Preciados, todas las Bodegas de Jerez, Loewe, Banco Atlántico, los Hoteles de Rumasa, Constructora Hispano Alemana o Seguros Minerva «no ha pagado un solo euro, antes tampoco una sola peseta, a los expropiados Ruiz-Mateos».
En un comunicado, los hijos de José María Ruiz-Mateos, beneficiados por esta sentencia, han señalado que su voluntad «es poner el justiprecio a disposición de los perjudicados por las emisiones de pagarés que decidió su padre», y por las que ellos van a ser juzgados en la Audiencia Nacional, a fin de que cobren sus créditos.
Ver comentarios