Tramos, cuotas, prestación por cese de actividad... estas son las claves del nuevo sistema de cotización para autónomos
A comienzos de 2023 entrará en vigor la norma bajo la que los trabajadores por cuenta propia cotizarán conforme a sus ingresos
Así es el nuevo sistema de cotización para los autónomos: tramos, rendimientos y cuotas
ABC
El 1 de enero de 2023 entrará en vigor el nuevo sistema de cotización para trabajadores autónomos. Un nuevo modelo bajo el que los trabajadores por cuenta propia pasarán a cotizar conforme a sus ingresos reales, por lo que trae importantes novedades en cuanto ... a tramos de cotización y cuotas.
Se trata de la enésima modificación que la Seguridad Social ha realizado sobre el pliego de tramos y cuotas para tratar de sumar a todas las partes al acuerdo para la reforma del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos(RETA). Se reduce la cuota mínima hasta los 230 euros que se establecen en el cuadro pactado para el próximo año, mientras que la máxima se mantiene en 500 euros. Eso será en 2023, pues el nuevo sistema se despliega progresivamente hasta 2025.
Para poner de relieve las principales novedades de la nueva norma, la revista de la Seguridad Social ha publicado una serie de claves que los autónomos tendrán que tener en cuenta a partir del próximo año.
Cuotas y tramos
Como se ha mencionado anteriormente, las cuotas mensuales de los autónomos a la Seguridad Social oscilarán entre los 230 y los 500 euros mensuales el próximo año. Pero irán cambiando en el tiempo. En 2025, la cuota mínima será de 200 euros y mientras que la máxima alcanzará los 590 euros. El modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales se producirá en un máximo de nueve años.
En cuanto a los nuevos tramos de cotización, estos se pueden apreciar en el siguiente gráfico:
Cambio de tramo y cálculo de rendimientos
Como recuerda la Seguridad Social, con la nueva norma, los trabajadores por cuenta propia podrán cambiar sus tarifas conforme a su previsión de ingresos netos hasta seis veces al año. Eso sí, teniendo en cuenta que se deben descontar los costes de desarrollo de actividad.
Al tratar de calcular los rendimientos, estos deben realizarse deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en la actividad de los autónomos. Según recuerda la Seguridad Social, sobre esa cantidad se aplicará adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7%. Porcentaje que se verá reducido al 2% si se trata de autónomos societarios.
Otra de las grandes novedades de la Seguridad Social es la ampliación de las prestaciones por cese de actividad. Hasta en cuatro supuestos, los autónomos podrán cobrar el equivalente a la prestación por desempleo si dan por finalizada su actividad. En concreto, existirá el cese parcial para autónomos con trabajadores; el mismo para autónomos sin trabajadores, además del cese temporal por fuerza mayor.
De la misma forma, para los autónomos con trabajadores se facilita el mecanismo Red (los nuevos ERTE que han traído la reforma laboral) para aquellos que hayan visto reducir sus ingresos un 75%.
Bonificación de cuotas
La nueva norma también prevén mejoras para los autónomos con menos ingresos. En concreto, percibirán una reducción de su cuota de más del 30% respecto a la actual. En 2025, se espera que paguen entre 200 y 260 euros al mes.
Del mismo modo, para los nuevos autónomos se fija una cuota bonificada de 80 euros durante el primer año, que se puede ampliar otros doce meses adicionales si los ingresos netos siguen siendo bajos.
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