La patronal quiere limitar la subida salarial extra del 10,3% a los trabajadores de la industria química
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Madrid
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Iniciar sesiónLas empresas sujetas al convenio de la industria química que ampara a algo más de 234.000 trabajadores del sector deberían haber acometido a comienzos del presente ejercicio una compensación del 10,3% del sueldo por el desvío entre las subidas salariales efectuadas ... en los años 2021, 2022 y 2023, y el avance de la inflación en este mismo periodo. Así lo marca el XX Convenio colectivo general de la industria química que incluía además de los niveles de la revalorización para cada ejercicio una cláusula nítida de garantía salarial que ahora deberá ser hecha efectiva por las empresas, tal y como marca el acuerdo publicado en el BOE.
«En el supuesto de que la suma del IPC general español correspondiente a los años 2021, 2022 y 2023 resulte una cifra superior a la suma de los incrementos pactados en el presente Convenio Colectivo para los referidos años, se procederá a efectuar una revisión salarial, en la indicada diferencia y sin efectos retroactivos, tan pronto se constate oficialmente dicha circunstancia», señala el texto suscrito ahora hace casi cuatro años por la Federación Empresarial de la Industria Química Española (Feique) en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos UGT-Fica y CC.OO. de Industria.
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Teniendo en cuenta que las subidas fijadas fueron del 1% para 2021 y del 2% para 2022 y 2023 -un 5% en total-, mientras que la inflación en estos años ha transitado por niveles mucho mayores, habiendo escalado hasta un 15,3% en el trienio. El resultado es automático: las empresas deberán ejecutar la subida salarial extra de 10,3% a los trabajadores en compensación por el incremento de los precios de consumo.
Además, tal y como explican a ABC fuentes jurídicas presentes en el conflicto ahora abierto entre la patronal y los sindicatos el elemento que impide a las empresas maniobrar para aminorar el impacto del desembolso es la imposibilidad de absorber esta subida en otros conceptos salariales. «Al operar esta revisión salarial sobre la masa salarial bruta de cada empresa no es posible la compensación y/o absorción de la misma con otros conceptos salariales, cualquiera que sea su denominación», señala el documento especificando que «el incremento de salarios que en su caso proceda se abonará por tanto con efectos del 1 de enero de 2024».
Debate jurídico
Sin embargo, el estado de la cuestión es que pasado mes y medio desde la fecha de abono de la compensación, los trabajadores de la industria química aún no han visto efectuado el pago único por valor del 10,3% del salario bruto. Y, tal y como señalan las fuentes inmersas en la negociación, no hay muchas esperanzas para que se produzca un acercamiento entre los representantes empresariales, que ven en esta compensación una amenaza financiera para muchos negocios que no corresponden a las grandes plantas de fabricación sino a pymes e incluso los casi 3.000 autónomos que también ejercen su actividad en esta rama.
Ahora, si bien es cierto que el acuerdo refrendado es de obligado cumplimiento y las compañías deberán de abonar la compensación, según ha podido saber ABC existe en este momento un debate jurídico abierto por parte de la patronal para tratar de contener el golpe financiero por el que pretende que la subida extra del 10,3% se limite a los trabajadores que han estados en las empresas y sujetos a este convenio desde el momento de su firma, en julio de 2021.
Lo que plantea la patronal es escalonar la compensación obligada por la cláusula de garantía salarial a los trabajadores que se hayan ido incorporando a partir del momento de la firma. De modo que el empleado que se dio de alta en la segunda mitad de 2021 tenga derecho a la compensación correspondiente a los años 2022 y 2023, pero no a la primera. Mientras que quienes se dieron de alta en 2022, sólo tendrían derecho a una compensación por la desviación en 2023.
En este punto, resultará clave para el desenlace de este pago el hecho de que ambas partes, patronal y sindicatos del sector, están llamados a sentarse a negociar a partir de marzo el siguiente convenio para los años 2024, 2025 y 2026. Fuentes jurídicas señalan que esta podría ser una vía de escape para la empresa, si consiguiera trasladar parte de las compensación a las siguiente senda de revalorización salarial.
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La Federación de Industria, Construcción y Agro de UGT y CC.OO.-Industria ya han presentado un procedimiento de conflicto colectivo ante la Audiencia Nacional por lo que consideran una «interpretación sesgada» por parte de la patronal química Feique del artículo 38 del Convenio en cuestión, que regula la aplicación de la cláusula de revisión salarial.
Ambos sindicatos apuntan que la revisión salarial del 10,3% pactada en el citado convenio, vigente desde 2021, debe aplicarse sobre la masa salarial bruta del mes de diciembre de 2023 y aducen que esta afecta a todas las personas que estén dadas de alta desde el 1 de enero de 2024 «sin excluir a nadie por razón de haber sido contratado en los años 2021, 2022 o 2023 y percibir un salario superior al mínimo reconocido en convenio colectivo», como aseguran que pretende hacer la patronal.
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