Los parados pagarán hasta 180 euros más a Hacienda por la exigencia de Trabajo de que hagan la declaración de la Renta
Un informe elaborado por el REAF desmiente que la medida sea neutro a efectos fiscales como sostiene el ministerio de Yolanda Díaz
Desempleados de bajos ingresos de Madrid, Galicia, Andalucía y la Comunidad Valenciana saldrán beneficiados por la tarifa fiscal autonómica
Hasta 10 euros más si se ingresan 16.000 euros de la prestación por desempleo, hasta 100 euros más si esa nómina anual es de 17.000 euros y unos 180 euros extra si el seguro del paro le genera unos ingresos de 18.000 euros. La exigencia impuesta por el Ministerio de Trabajo de que los parados que reciban algún tipo de prestación o subsidio tengan que presentar la Declaración de la Renta para mantener ese derecho no será neutra a efectos fiscales como se empeñan en trasladar desde el Ministerio, sino que en la mayoría de los casos pasará una factura fiscal que oscilará entre unos pocos euros y hasta cerca de 200 euros según la situación y el lugar de residencia, según una estimación realizada por el Registro de Asesores Fiscales (REAF) y presentada en sus jornadas anuales que se celebran en Granada.
El ministerio que dirige Yolanda Díaz coló el pasado mes de mayo en una ley que nada tiene que ver con cuestiones tributarias un requisito de nuevo cuño para recibir una ayuda por estar parado, la obligación de «presentar anualmente la declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas».
Fuentes del Ministerio defienden que se trata de un mero requisito administrativo, pero lo cierto es que generará a partir del año que viene obligaciones fiscales a los afectados, unos 100.000 perceptores de ayudas al desempleo según una estimación realizada por ABC a partir de las estadísticas oficiales disponibles.
Efectos fiscal no deseado
El caso es que los perceptores de prestaciones y subsidios por desempleo que hasta la fecha no tenían obligación de presentar la declaración de la Renta -los que perciben rentas inferiores a los 21.000 euros-, únicamente soportan la carga fiscal derivada de las retenciones que se aplican sobre su nómina mensual. La obligación de presentar la declaración hará que se les aplique la tarifa correspondiente a las rentas percibidas y en la mayoría de los casos eso se traducirá en una cuota a pagar que se situará por encima de lo retenido y, por tanto, en un mayor pago por IRPF.
El ejercicio realizado por el REAF revela diferencias significativas por comunidades autónomas. En el tramo más bajo analizado, las rentas de 16.000 euros, mientras en Cataluña se pagará hasta 9,24 euros más en otros territorios como Andalucía, Galicia, Madrid o Comunidad Valenciana la maniobra generará un derecho a devolución a los afectados. En el tramo de 18.000 euros, las diferencias oscilan entre los 178 euros que tendrán que pagar los desempleados que residan en Cataluña y los apenas 34 euros que tendrán que abonar los residentes en la Comunidad de Madrid.
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