El límite en el dinero en bodas, comuniones y bautizos para evitar a Hacienda
Mayo es el mes por excelencia para este tipo de celebraciones en las que se mueve dinero, por lo que la Agencia Tributaria también está atenta
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ABC
El mes de mayo es el mes por excelencia para la celebración de bodas, bautizos y comuniones. Las celebraciones son también motivo para recibir regalos de los invitados que, en muchas ocasiones, hay que notificar a Hacienda.
En los bautizos y comuniones es ... habitual que los padres hagan una lista de regalos y que los invitados vayan eligiendo. No obstante, muchas veces se prefiere dar dinero y ahorrar así tiempo o evitar el riesgo de que el regalo no sea del agrado del que lo recibe.
Lo mismo pasa en las bodas. Es habitual dar dinero en un sobre para que los novios dispongan de esa cantidad para lo que necesiten, pero con los avances de la tecnología es cada vez más habitual la apertura de una cuenta bancaria y que los invitados ingresen en ella una cantidad.
Se debe partir de la premisa de que los pagos pequeños entre particulares como cenas o la parte de un viaje, no se debe declarar por el IRPF porque lo que hay detrás no es una actividad económica, tal y como señaló el secretario general de los Técnicos de Hacienda a este diario. Así, la duda surge cuando se trata de cantidades más elevadas, como las que se manejan en estas celebraciones.
Estrictamente, cualquier regalo debería ser declarado a Hacienda, aunque lo habitual es que la Agencia Tributaria no investigue este tipo de casos al ser una tradición muy extendida. En cuanto a los regalos de bodas, bautizos y comuniones, no tributan conforme al IRPF sino que lo hacen por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que viene definido por cada comunidad autónoma, como especifican desde el bufete de abogados fiscalistas Viola Pérez en su blog.
En este sentido, desde el Instituto Europeo de Asesoría Fiscal (INEAF) advierten de que aunque este criterio de no perseguir la declaración de los regalos sea el más extendido, la directriz siempre puede cambiar por lo que recomiendan ser honestos con la Agencia Tributaria.
Los regalos en especie también se declaran
Los regalos en especie (hacer una lista para que los invitados compren lo que prefieran) también tributan. Sin embargo, Hacienda suele estar más centrada en destapar el dinero negro, como por ejemplo que el restaurante en el que se realiza el convite no emita factura.
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Como explican desde INEAF, Hacienda no suele fijarse en «sartenes no declaradas», pero sí pueden ser conflictivos regalos más grandes como una casa o un coche en el caso de las bodas. Por ello, sobre todo en estos casos, lo más aconsejable es declararlo para evitar sospechas de Hacienda. Ambas empresas subrayan que Hacienda puede pedir explicaciones hasta 4 años más tarde de la celebración.
¿Cuál es el límite para evitar sospechas de Hacienda?
Como explican desde Bankinter, según la Ley 7/2012, de 27 de octubre, para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, se deben notificar las operaciones bancarias que superen los 10.000 euros, las transacciones en las que se intercambien billetes de 500 euros, pagos y créditos de más de 3.000 euros en metálico y préstamos y créditos de más de 6.000 euros.
Por otro lado, según lo dispuesto en el artículo 38.b del Real Decreto 1065/2007 las entidades bancarias deben informar de ciertas operaciones por lo que regalos por encima de los 3.000 euros ya pueden llamar la atención de la Agencia Tributaria, señalan desde la firma de abogados fiscalistas.
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