Fin a las llamadas 'spam': las multas a las que se enfrentan las empresas que llamen sin consentimiento
Este tipo de comunicaciones comerciales tienen los días contados y la ley que las regula estipula sanciones
Fin a las llamadas 'spam': esta es la fecha en la que se prohibirán por ley
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Iniciar sesiónEl fin de las llamadas 'spam' se va a acabar el próximo 29 de junio. La Ley General de Telecomunicaciones regula este aspecto e incluye en sus artículos 108 y 109 las sanciones que pueden derivar del incumplimiento.
El adiós a estas llamadas comerciales ... se produce por el artículo 66.1 b) que especifica que este punto concreto de la ley entrará en vigor en el plazo de un año desde su publicación en el BOE, es decir, el texto se publicó el 29 de junio del 2022 por lo que este apartado será de obligado cumplimiento a partir de este 29 de junio de 2023.
Lo que contempla la ley es que será ilegal que las empresas se comuniquen con los usuarios salvo consentimiento previo o salvo que la llamada sea necesaria para cumplir con el contrato o para sus intereses vitales. En este sentido, se ha precisado que la ley actuará en caso de incumplimiento si el dispositivo que recibe la llamada tiene una numeración asignada en España.
Como parte de la regulación, la ley establece entre sus artículos 106 y 109 los diferentes tipos de infracciones (de leves a muy graves), así como las sanciones económicas que estas pueden conllevar.
El artículo 108 de la ley especifica que «el establecimiento de comunicaciones utilizando estaciones no autorizadas, salvo que deba ser considerada como infracción grave» será considerado como una infracción leve.
Las sanciones a las que se enfrentan las empresas
Ya en el artículo 109 de la ley se establecen las sanciones a las que se pueden enfrentar las empresas. «Por la comisión de infracciones leves se impondrá al infractor una multa por importe de hasta 100.000 euros», establece dicho apartado.
«Además de la sanción que corresponda imponer a los infractores, cuando se trate de una persona jurídica, se podrá imponer una multa de hasta 5.000 euros en el caso de las infracciones leves, hasta 30.000 euros en el caso de las infracciones graves y hasta 60.000 euros en el caso de las infracciones muy graves a sus representantes legales o a las personas que integran los órganos directivos o los órganos colegiados de administración que hayan intervenido en el acuerdo o decisión», añade la ley.
La APED será la encargada de velar por el cumpliento
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) será la encargada de velar por el cumplimiento de la ley y podrá iniciar un expediente sancionador. El organismo contempla en su página web cómo actuar si se reciben este tipo de llamadas indeseadas.
Cómo actuar para evitar llamadas telefónicas sin consentimiento
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Ejercer el derecho de oposición
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Contactar con el Delegado de Protección de Datos de la empresa promocionada
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Si ninguna de las dos opciones anteriores funciona, interponer una reclamación ante la AEPD
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Se puede ejercer el derecho de oposición ante el operador que le presta el servicio de telefonía, para que le excluya de los ficheros
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Existe la posibilidad de registrarse en los sistemas de exclusión publicitaria
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Hacer uso de la funcionalidad que suelen ofrecer los sistemas operativos de los móviles para bloquear de forma automática las llamadas
Por otro lado, tal y como han aclarado desde el Ministerio de Asuntos Económicos a Maldita.es, la 'Lista Robinson' seguirá activa.
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