Los desahucios a 'inquiokupas' se entierran en el papeleo de la ley de Vivienda
Las autonomías no tienen capacidad para dar respuesta al procedimiento de lanzamiento que pide la nueva norma
Los procesos de ejecuciones se están dilatando hasta el año y medio cuando antes eran de ocho o nueve meses
El TC declara inconstitucional el artículo de la ley catalana que obliga a ofrecer alquiler social antes de demandar

Un año y medio después de la entrada en vigor de la ley de Vivienda, los peores presagios del sector inmobiliario se han cumplido. La oferta de vivienda en alquiler se ha desplomado a velocidad de vértigo y el precio de los arrendamientos se ha ... disparado y aún no ha encontrado techo. Pero no solo eso. Porque acertado también ha sido el pronóstico que las empresas hicieron respecto a que la norma acabaría protegiendo a los inquilinos morosos, como así corroboran distintas fuentes jurídicas a este periódico: el nuevo procedimiento de desahucio que contempla la ley de alquileres ha disparado el papeleo, dilatando así el procedimiento de lanzamiento, lo que en la práctica permite al arrendatario seguir en la vivienda durante meses sin abonar un solo euro.
El proceso para desalojar a los inquilinos que no pagan el alquiler está siendo aún más arduo de lo esperado. Los despachos especializados en estas actuaciones se están encontrando con la barrera administrativa de las comunidades autónomas, sin medios para hacer frente al papel que les encomienda la ley en el proceso. Sucede, sobre todo, con las propiedades de los grandes tenedores (dueños de más de diez viviendas, que pueden ser cinco si lo deciden las autonomías como sucede en Cataluña). Fuentes jurídicas y del sector inmobiliario aseguran que un año y medio después de la entrada de la norma, la mayoría de regiones aún no tienen en marcha el procedimiento de conciliación al que se tienen que someter estos caseros para poder interponer la demanda cuando el inquilino está en una situación de vulnerabilidad.
Se trata de un trámite que la ley deja al criterio de las autonomías y que, en la práctica, consistiría en dar una alternativa habitacional al inquilino que ha dejado de pagar el alquiler o alguna ayuda económica, para así evitar que la demanda de desahucio se acabe interponiendo. «No tienen articulado el procedimiento porque no tienen la capacidad para ello», aseguran fuentes de un despacho de abogados especializado en estos casos. Lo que, en resumidas cuentas, se está traduciendo en que la parte demandante tiene que esperar dos meses (el silencio de la administración es positivo en este proceso) para poder optar por la vía de la declaración responsable y conseguir interponer la demanda. «Nos está sucediendo en la amplia mayoría de casos», aseguran los mismos informantes.
Aunque la realidad es que la pesadilla burocrática comienza antes. Para poder acceder al procedimiento de conciliación, la ley de Vivienda dice que el propietario tiene que demostrar previamente si el inquilino se encuentra o no en situación de vulnerabilidad económica. Algo sobre lo que las comunidades tampoco están teniendo capacidad de respuesta, porque deben ser las que realicen el estudio de vulnerabilidad a los inquilinos morosos, quienes en muchas ocasiones declinan someterse al mismo. Lo que supone a los caseros tener que aguardar otros dos meses con el proceso paralizado.
Un sudoku que eleva los costes legales para los propietarios y que aumenta los tiempos para recuperar la vivienda a alrededor de un año y medio, cuando antes la media era de ocho o nueve meses. «No hay procedimiento propiamente dicho y todo se resuelve por la vía de la declaración responsable» es el resumen que hacen las fuentes consultadas a este periódico.
En el caso de Cataluña es incluso más complicado para los caseros «porque la Administración catalana ha hecho una interpretación 'sui generis' por la que es el mismo propietario el que debe obtener el consentimiento del inquilino para poder informar de su vulnerabilidad», explica Santiago Thomás de Carranza, socio director y fundador del despacho Thomás de Carranza Abogados. Un trámite que Cataluña mantiene a pesar de que el letrado asegura que los juzgados repetidamente respaldan que deben ser las autonomías como titulares en materia de vivienda las que deben desempeñar esa función.
Maraña interminable
La medida forma parte de la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil, un apartado que lleva el sello de formaciones como ERC, Bildu o Unidas Podemos, quienes dilataron las negociaciones de la norma como presión al PSOE si quería sacarla adelante antes de las elecciones municipales y usarla de munición. En el caso de los pequeños propietarios, aunque menos, los tiempos para recuperar la vivienda también se dilatan. Estos deben acudir en primer término al Registro de la Propiedad para poder hacer constar en la demanda de desahucio que no son grandes propietarios. Además deben certificar que el inmueble es de uso de vivienda habitual por parte del ocupante. Todo ello excluye a los lanzamientos de vivienda protegidos hasta final de año por la suspensión de los desahucios a personas en situación de vulnerabilidad que el Gobierno mantiene desde la pandemia.
Se dispara la morosidad
Una vez esa normativa caduque, se espera una avalancha de peticiones de desahucios en los tribunales, que se añadirá al aumento de procedimientos que ya está ocurriendo. Sin ir más lejos, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) corroboró esta semana que los lanzamientos por impago de alquiler se dispararon en el segundo trimestre un 10,7% hasta los 5.874 en contraste con la disminución del 1,9% que presentaron los de ejecuciones hipotecarias. Por lo que los desahucios a inquilinos morosos representan ya el 75% del total.
Con estos mimbres, Thomás de Carranza, con más de 15.000 propiedades en gestión legal, asegura que está habiendo un desplazamiento del contrato de arrendamiento habitual y permanente a contratos de arrendamiento de temporada reales (sin fraude de ley), «porque hay una demanda mayor en ese sector de profesionales, extranjeros o estudiantes».
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete