Gastos deducibles por la guardería de tus hijos y en qué casilla se incluye
Los gastos de guardería que incluyen la la matrícula, la alimentación en el centro o la ampliación del horario pueden ser deducible según una serie de requisitos
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Iniciar sesiónLa campaña de la Renta ya ha comenzado y muchos contribuyentes se ponen las pilas para redactar una Declaración sin errores. Y en el proceso surgen inevitables dudas y también opciones que puede que no conozcan y de las que pueden sacar beneficio. Entre ... ellas, están los gastos de guardería que incluyen la la matrícula, la alimentación en el centro o la ampliación del horario. Y puede suponer una deducción de hasta 1.000 euros que se sumará a los 1.200 euros de la deducción por maternidad. Es el llamado 'cheque guardería'.
El artículo 81 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF) habla de la deducción por maternidad y dentro de ésta se menciona la deducción de los gastos realizados en servicio de guardería. Y según detalla la Agencia Tributaria, son gastos deducibles, siempre y cuando se hayan abonado por meses completos y no deben ser ingresos en la nómina (rendimientos de trabajo) como beneficios sociales aportados por la empresa.
La casilla de los gastos de guardería por comunidades
Para conseguir que se haga efectiva esa deducción, tal y como detalla el Instituto Santalucía, es importante que las guarderías o centros educativos envíen a la Agencia Tributaria el modelo 233 para poder beneficiarse de la deducción de los gastos por este servicio de custodia del menor de 3 años. Harán una declaración informativa sobre los menores y los gastos que den derecho a la aplicación de la deducción en el mes de enero de cada año.
Y cada comunidad autónoma tiene una casilla determinada:
Casilla por comunidad
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En Andalucía: La deducción debe introducirse en la casilla 862.
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En Aragón: Según la web de Bankinter, puedes deducirte el 15% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por los gastos de custodia de hijos menores de 3 años en guarderías o centros de educación infantil, con un máximo de 250 euros por cada hijo inscrito. Y la casilla es 881.
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En Asturias: Por gastos de hijos en centros de 0 a 3 años, se podrá aplicar una deducción del 15% de las cantidades satisfechas en el período impositivo, con el límite de 500 euros por cada descendiente. Y la casilla es 895.
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En Baleares: Bankinter detalla que las deducciones se establecen por gastos relativos a los descendientes o acogidos menores de seis años por motivos de conciliación el 40% del importe anual. Se aplica en la casilla 914.
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En Canarias: Existe una deducción del 18% de las cantidades satisfechas en el período impositivo, con un máximo de 480 euros anuales por cada niño. Y la casilla es 924.
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En Cantabria: La deducción tendrá un límite de 300 euros anuales por hijo menor de tres años. (Casilla 772). Y en el caso de contribuyentes que residan en zonas rurales en riesgo de despoblamiento, el límite de la deducción será de 600 euros anuales por hijo menor de tres años. Y la casilla es 820.
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En Castilla-La Mancha: Permite la deducción del 30%, con un máximo de 500 euros para hijos menores de 3 años o 250 euros cuando el hijo cumpla los 3 años. La casilla para introducir esta deducción es la 211.
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En Castilla y León: Para gastos en centros y guarderías infantiles están las casillas 994 y 990. Y como indica Bankinter en su web, «la deducción será aplicable solo por los contribuyentes que a la fecha de devengo del impuesto tengan menores de 4 años, cuando sea de aplicación el mínimo por descendiente y que ambos realicen una actividad por cuenta propia o ajena, por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad».
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En Extremadura: El límite máximo de esta deducción es de 400 euros anuales por unidad familiar. Y la casilla es 1017.
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En Galicia: Los contribuyentes que dejen a menores de 3 años o menos al cuidado de una persona que tenga la condición de empleada de hogar o en escuelas infantiles podrán deducir el 30% de las cantidades satisfechas, con el límite máximo de 400 euros. Y de 600 euros si tienen dos o más hijos de 3 o menos años. Y la casilla es la 1023.
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En Madrid: Las deducciones deben introducirse en las casillas 1039 y por cuidado de menores de 3 años, la deducción se consignará en la casilla 1050.
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En Murcia: La base de deducción se minorará en el importe de las becas y ayudas obtenidas de cualquier Administración Pública que cubran todos o parte de los gastos, en la casilla 1054. Y cuando tengan contratada para cuidar a hijos menores por razones de conciliación. El límite máximo de la deducción es de 400 euros y la casilla es 1158.
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En La Rioja: Por cada hija o hijo de 0 a 3 años escolarizados en escuelas o centros infantiles se puede deducir el 20% de los gastos de escolarización, (casilla 1075). Y por cada hijo de contribuyentes que tengan su residencia en pequeños municipios de La Rioja y la mantengan un plazo de al menos 3 años consecutivos se puede deducir 100 euros mensuales por cada hijo de 0 a 3 años. La casilla a marcar es 1163.
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Y por el cuidado de hijos de 0 a 3 años de contribuyentes con su residencia habitual en pequeños municipios de La Rioja, habrá un límite máximo de deducción de 600 euros por menor. Y se marca la casilla 1169.
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En la Comunidad Valenciana: Por la custodia en guarderías y centros de primer ciclo de educación infantil se consigna la casilla 1087. Y para hijos mayor de tres años y menor de cinco, la casilla es 1088 y 1104.
Ante cualquier duda con la declaración de la renta siempre puede consultar la página web oficial de la Agencia Tributaria o pedir cita tanto presencial como telefónica para que uno de sus agentes les ayude con su caso.
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