El aviso de Hacienda a quienes cobran el Ingreso Mínimo Vital: así afecta a la declaración de la Renta

La campaña para el ejercicio económico de 2022 comienza el próximo 11 de abril y desde la Agencia Tributaria recuerdan las implicaciones que pueden tener estas ayudas en nuestro borrador

¿Cuál es el importe mínimo para hacer la declaración de la Renta 2022-23?

¿Hay que declarar la ayuda de 200 euros en la declaración de la Renta 2022-23?

Declaración de la Renta 2022-2023 ABC

M. A.

Más de 22 millones de contribuyentes están listos ya para la campaña de la declaración de la Renta, que arranca cada año con la llegada de la primavera. La Agencia Tributaria es la encargada de determinar qué ciudadanos están obligados a presentar su ... rendimiento de cuentas al Fisco en función de su nivel de ingresos actual y del carácter de las rentas percibidas.

Será el martes 11 de abril cuando se abra oficialmente el plazo para realizar este borrador, al menos de forma online. Aquellos que deseen hacerlo por vía telefónica deberán esperar al menos hasta el 5 de mayo, mientras que los ciudadanos que opten por hacerlo presencialmente tendrán que solicitar cita previa a partir del 25 de mayo y podrán acudir a las oficinas entre el 1 y el 30 de junio.

Plazos para realizar el borrador de la Renta

  • Por internet: desde el 11 de abril al 30 de junio de 2023

  • Por teléfono: entre el 5 de mayo y el 30 de junio de 2023 (cita previa desde el 25 de mayo al 29 de junio)

  • Presencial: del 1 al 30 de junio de 2023 (cita previa entre el 25 de mayo y el 29 de junio)

El borrador de este nuevo ejercicio económico del año 2022 afectará a muchos colectivos y, en concreto, también al de aquellas personas que perciben el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Así, al menos 1,6 millones de personas que cobran esta renta garantizada tendrán obligaciones con la Agencia Tributaria a raíz de este subsidio.

¿Cómo afecta el Ingreso Mínimo Vital a la declaración de la Renta?

A través de su página web, donde todo está listo ya para acoger la nueva campaña de la Renta, Hacienda recuerda que «los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben presentar declaración por IRPF, con independencia de la cuantía de sus ingresos».

El propio organismo ha recordado que el IMV es una renta exenta y que, aunque la mayoría de ciudadanos que lo cobran no deberán incluirlo en su declaración, sí tendrán que presentarla al ser vinculante. La Agencia Tributaria también ha recordado que, de no hacerlo, los receptores de esta renta garantizada podrían llegar a perder el derecho a cobrarla.

Que tengan que presentar la declaración de la Renta no significa que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital tengan que pagar dinero a Hacienda. Desde la Agencia recuerdan que, en la mayor parte de casos, este borrador será muy sencillo de completar, pues apenas habrá ingresos que incorporar. «En muchos casos la cuota será cero (ni a ingresar, ni a devolver), de manera que, si no se ha obtenido ninguna otra renta, las casillas de la declaración aparecerán con importe cero», han explicado.

Según señalan, el contribuyente que cobre el IMV solo tendrá que declarar por las cantidades que superen los 12.159,42 euros (1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM) y añadir el resto de rendimientos que perciba (es compatible con rentas del trabajo). Es decir, en caso de que se perciban «otras ayudas a colectivos con riesgo de exclusión social como la renta mínima de inserción, rentas garantizadas y ayudas similares de comunidades autónomas y ayuntamientos», tan solo se deberá declarar las cantidades que superen ese límite.

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