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¿Debo tributar por el Plan PIVE?

Las ayudas, que en la última edición finalizada en julio de 2016 fueron de 1.500 euros, se consideran como una ganancia patrimonial

Delegación de la Agencia Tributaria EFE

POR IVÁN SAEZ FUERTES

El Plan PIVE constituye una subvención estatal que no está calificada como exenta del IRPF, y por lo tanto debe ser declarada- Se califica como una ganancia patrimonial no derivada de la transmisión de elementos patrimoniales, y se integra en la base general ... del IRPF junto con salario, rendimientos de actividades económicas, rendimientos del capital inmobiliario y otras imputaciones de renta, y sometida a la escala progresiva del impuesto que alcanza en términos generales el 45% de tipo marginal máximo.

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