Consumo abre expediente sancionador a varias aerolíneas por no disponer de teléfonos de contacto gratuitos
Las multas pueden alcanzar los 100.000 euros y hasta seis veces el beneficio ilícito obtenido, si este es superior a los 100.000 euros
Consumo investiga a siete aerolíneas de bajo coste por el cobro del equipaje de mano
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Iniciar sesiónEl Ministerio de Consumo ha abierto expedientes sancionadores a varias aerolíneas por la inexistencia de un teléfono de atención gratuita o, en caso de existir, por la dificultad de acceso. «Esto supone un incumplimiento de las obligaciones legales en materia de servicios de atención ... al cliente», según el departamento dirigido por Alberto Garzón. Esta se trata de la segunda ofensiva de Consumo contra compañías aéreas en tan solo unos pocos días.
La normativa indica que este teléfono tiene que ser accesible a todos los consumidores y que tiene que tener carácter gratuito (los números geográficos o de tarificación especial, por ejemplo, no son válidos). Los teléfonos gratuitos son aquellos que comienzan por los prefijos 800 ó 900, denominados 'servicios de cobro revertido automáticos'.
El transporte aéreo, al tener la consideración de servicio básico de interés general, obliga a que las empresas prestadoras tengan que disponer de un teléfono de atención al consumidor gratuito. Esta norma entró en vigor tras la modificación realizada esta legislatura de la Ley General de para la Defensa de Consumidores y Usuarios, con el objetivo de dar protección a las personas consumidoras vulnerables.
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Las sanciones previstas para estas infracciones pueden llegar a considerarse como infracciones leves o graves y sancionarse con multas de entre 150 y 10.000 euros, en el caso de las leves, y entre 10.001 y 100.000 euros, en el caso de las graves.
En el caso de que el beneficio ilícito obtenido por las prácticas infractoras superara dichas cantidades, las sanciones podrían alcanzar entre dos y cuatro veces el beneficio ilícito obtenido, para las infracciones leves, y entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido, para las graves.
Otros expedientes a aerolíneas
El Ministerio de Consumo abrió el jueves 3 de agosto varios expedientes sancionadores a varias aerolíneas por su política de cobrar por el equipaje de mano. Además se añade otros sobrecostes impuestos por las compañías como la reserva del asiento contiguo a otros pasajeros (en el caso de menores o personas dependientes), que tradicionalmente se incluían en el precio del billete, y añade la política de no permitir pagos en efectivo en los aeropuertos.
Las aerolíneas 'low cost' involucradas en los expedientes del departamento dirigido por Alberto Garzón serían Ryanair, Vueling, Easyjet y Volotea. El Ministerio señaló en su momento que este tipo de prácticas son las que permiten que las aerolíneas de bajo coste tengan precios «muy competitivos».
Las prácticas señaladas que infringen el artículo 47 de la Ley General de para la Defensa de Consumidores y Usuarios han sido denunciadas por varias asociaciones de consumidores desde hace más de un lustro.
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