Las mutuas asumen las bajas por lesiones tras pactarlo con las comunidades autónomas
Activan los convenios con Seguridad Social para que el trabajador pueda elegir tratamiento en la aseguradora
Esta vía busca agilizar el proceso tras dispararse los casos de la incapacidad temporal y prolongarse sus plazos
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Los servicios de salud de las comunidades autónomas, la Seguridad Social y las mutuas laborales están ultimando los convenios que cada región va a firmar con las aseguradoras para que gestionen parcialmente las bajas vinculadas a procesos traumatológicos. Después de meses de ... negociación, estas entidades podrán encargarse de estos procesos, siempre que el trabajador lo autorice, para así descongestionar los servicios sanitarios públicos y agilizar los diagnósticos y las pruebas en un contexto en el que los plazos de las bajas laborales se han disparado durante los últimos años.
Las primeras comunidades autónomas donde los acuerdos están más avanzados son Baleares, Cataluña, Comunidad Valenciana y Murcia a la espera de la rúbrica final. Y los del resto de regiones irán produciéndose en cuestión de días, según apuntan fuentes del diálogo social consultadas por ABC. Se trata de un cambio de calado en las bajas, fruto del acuerdo firmado el pasado verano entre el Ministerio de Seguridad Social, las patronales y los sindicatos, y que ahora se pone en marcha después de aprobar los correspondientes cambios en la ley.
Con el nuevo sistema, un trabajador que sufra una lesión podrá elegir entre el tratamiento en el servicio sanitario de su comunidad autónoma o a través de la mutua correspondiente. El médico de cabecera le ofrecerá esta posibilidad al diagnosticar el proceso, según marcan estos convenios, y la decisión será voluntaria del afectado. Además, la autorización del alta y la baja seguirá dependiendo exclusivamente del profesional de Atención Primaria, en función del informe que le envíe la aseguradora.
El papel de las mutuas pasará por realizar pruebas diagnósticas y tratamientos terapéuticos, las rehabilitaciones correspondientes y, en el caso de que fuera necesario, las intervenciones quirúrgicas en incapacidad temporal por contingencias comunes de origen traumatológico. Sus competencias se limitarán además a un listado específico de patologías en las que se acredita la existencia de listas de espera que retrasan la recuperación. Desde la patronal AMAT (las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social) habían instado a aplicar esta medida como una de las soluciones posibles ante el incremento desmesurado de la incapacidad temporal.
El cambio práctico llega después de la revisión de la Ley de Seguridad Social, aprobada a finales de 2024. Esa norma establece dos tipos de comisiones por bajas: la estatal, en la que participa Seguridad Social, las mutuas y los agentes sociales; y otra en cada una de las comunidades. La estatal servirá «para evaluar el funcionamiento operativo», así como para «estudiar y proponer la adopción de medidas necesarias para mejorar su efectividad». Incluso pueden realizar un análisis de la incapacidad temporal por contingencias comunes, no solo las derivadas de lesiones traumatológicas. Aunque cualquier cambio dependerá de los acuerdos futuros.
Casi 30.000 millones en gasto
Este cambio llega después de que las bajas se hayan disparado en los últimos años. Solo en el primer trimestre de este ejercicio, según los datos preliminares recabados por ABC, las bajas se han incrementado casi un 10% con respecto a las registradas en el mismo periodo del año pasado.
En el conjunto de 2024 se iniciaron 8,7 millones de procesos de bajas por enfermedades y accidentes no laborales, que supusieron un coste de más de 28.987 millones de euros en prestaciones económicas de Seguridad Social y en impacto directo para las empresas. Este importe prácticamente se ha duplicado desde 2018. Y lo ha hecho, entre otras causas, por la incidencia que está aumentando en torno a los casos vinculados a la traumatología y a también a la salud mental.
Ese impacto de las bajas en las cuentas de las empresas es relevante, teniendo en cuenta que ante enfermedad común o de accidente no laboral, el abono del sueldo entre los días 4 a 15 de baja corre a cargo del empresario. A partir del decimosexto día de baja la responsabilidad recae en la Seguridad Social o mutua en su caso.
Preocupación desde el AENC
El punto de inflexión hasta llegar a este momento se produjo en la negociación del último Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC), hace ahora dos años, que fue firmado por CEOE, Cepyme, UGT y CC.OO. En ese documento, consensuado entre patronal y sindicatos, los empresarios insistieron en incluir esta realidad, plasmada en lo que se consideró por los agentes sociales como una «preocupación por los indicadores de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes». Para ello, se establecieron «líneas de actuación que mejoren la salud de las personas trabajadoras».
Entre otras medidas, el AENC ya instaba al «aprovechamiento de los recursos de las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social» para «mejorar los tiempos de espera, la atención sanitaria de las personas trabajadoras y la recuperación de su salud, así como a reducir la lista de espera en el sistema público». Ahí se instaba a las administraciones a «desarrollar» estos convenios que ahora están a punto de rubricarse para «realizar pruebas diagnósticas y tratamientos terapéuticos y rehabilitadores en procesos de incapacidad temporal por contingencias comunes de origen traumatológico».
Esta situación llevó al Ministerio de Seguridad Social a abrir una mesa de diálogo con los agentes sociales a finales del año pasado para tratar la gestión de la incapacidad temporal. El departamento dirigido por la ministra Elma Sáiz trata de buscar soluciones ante un problema que supone un gasto de más de 15.000 millones para las cuentas de la Seguridad Social solo el año pasado, un récord histórico.
La última propuesta de la ministra fue la de las altas progresivas: que una reincorporación tenga que tener el aval de un médico. Se persigue la gradualidad en la incorporación del trabajador tras recibir el alta en periodos prolongados de baja. Será en ese momento cuando el empleado podrá compatibilizar la prestación por incapacidad temporal y el salario, a través de la fórmula que se arbitre como resultado de la negociación tripartita.
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