El complejo sprint final hacia la facturación electrónica
El retraso en el reglamento que regula esta medida y el importante cambio tecnológico que supone para autónomos y pymes complica el horizonte de 2025
Las tiendas del barrio buscan una vida extra en la digitalización

Atención. Dentro de poco entraremos en tiempo de descuento. El 1 de enero de 2025, autónomos y pymes estarán obligados a la emisión de facturas electrónicas mediante softwares de facturación certificados y legales. Eso era lo previsto en la Ley de Creación y Crecimiento de empresas ... , conocida popularmente como Ley Crea y Crece. La convocatoria de elecciones ha frenado algunos desarrollos legislativos. Es el caso del reglamento de la facturación electrónica, que ya iba con retraso, y se trata de un asunto que requerirá una adaptación tecnológica importante. Su implantación significará el adiós a los 'trabajos manuales' de algunos autónomos y pymes, que le llevan albaranes al gestor o facturan con Excel.
La Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM) ha lanzado la advertencia del atasco del citado reglamento, que ahora está en el Consejo de Estado. El retraso impide que se implante en el plazo debido. Francisco Vidal, director de Economía de Cepyme, advierte que «la ley ya decía que el reglamento debía estar para primavera». «Pero además, se van a necesitar estructuras tecnológicas robustas y suficientes para su desarrollo», añade.
«Una de las mejoras de ese reglamento debería ser en torno al cálculo de los plazos de pagos reales», estima Ernesto Fernández, CEO del Grupo A3satel, que se dedica a la transformación digital de asesorías, empresas y autónomos mediante software profesional especializado. Los expertos esperan que se hagan obligatorios los campos con la información necesaria: fecha de realización del servicio o entrega del bien, y la fecha de cobro de la factura. En este sentido, Vidal aporta nuevos enfoques: «¿Qué pasa con una factura cuando se paga a medias? Hay que ver qué se hace con mecanismos como el 'cofirming'. ¿Quién está obligado a informar sobre el momento real del pago? ¿Cómo se contrasta la información?». Para Andreu Bru, asesor de la PMcM en materia de facturación electrónica, «no es solo un problema técnico, también político de voluntad de determinar las fechas de las operaciones que deben aparecer en las facturas».
Plantea Bru que el establecimiento de la norma para las fechas en la factura puede provocar cierta distorsión: «El cálculo de los plazos de pago se debe considerar a partir del momento en que se presta el servicio o se entrega el bien, lo que técnicamente sería la fecha de la operación. Si se consideran otras fechas, como la fecha de la factura, importante para la AEAT para el cálculo del IVA y el IRPF, o la del registro telemático de entrada de la factura en los mecanismos que determine el reglamento, variará el resultado de los plazos medios de pago».
La implantación del reglamento supondrá una adaptación del sistema de facturación electrónica al modelo europeo, proyecto ViDA (VAT in Digital Age), lo que generará impacto sobre todo en pymes y autónomos, pero también para los proveedores de software. Según Vidal, «a medio o largo plazo, la facturación electrónica va a permitir una mayor eficiencia de procesos, pero a corto plazo se van a precisar nuevos softwares y esto será un desafío para la pequeña empresa. Para que su implantación no sea excesivamente gravosa para las pymes, deberá existir una plataforma pública, un repositorio que sirva de intercambio para aquellas empresas con pocas facturas que no puedan acceder por el coste a una plataforma privada».
Bru considera que «el coste para las pymes no será un problema», pero advierte que «hay mucho autónomo y mucha microempresa sin programa de gestión y facturación. Por eso el Gobierno ha previsto, dentro de las ayudas a la digitalización, una categoría específica para la factura electrónica. El objetivo es que al final del plazo de la implantación, el 31 de diciembre de 2024, nadie pueda decir que no lo ha hecho por motivos económicos».
Para Ernesto Fernández, no será complicado para pymes ni supondrá un alto coste: «Dependerá del tamaño de la empresa y del nivel de digitalización. Las más pequeñas pueden contar con los Fondos Next Generation. El mercado dispondrá de herramientas para poder adaptarse al cambio normativo. Lo que hace falta es estar concienciado».
La definición del modelo de funcionamiento de las plataformas tecnológicas es un aspecto muy importante, como indica Vidal: «Deberían convivir el repositorio público con las plataformas privadas. A nivel técnico, el reglamento debería incluir el desarrollo de la interoperabilidad de sistemas, la interconexión. Hay que presuponer que no va a haber solo una plataforma y hay además que fijar los protocolos de seguridad, porque las plataformas van a disponer de información muy delicada que debe ser protegida».
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