Cuándo se cobra el paro en diciembre: la fecha en Caixabank, ING, Santander y BBVA
El pago depende de cada entidad bancaria, aunque el SEPE marca una fecha límite
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Iniciar sesiónDiciembre suele ser un mes en el que por lo general se incrementa el gasto: comidas y cenas navideñas, reencuentros, regalos o menús un poco más especiales para los días festivos. Esta situación se puede ver agravada especialmente para las personas que están en ... el paro donde los gastos se ajustan al máximo.
La cantidad que pueden cobrar las personas con derecho al subsidio de desempleo suele variar en función de su han trabajado durante más de un año, menos o de si se encuentran en alguna situación extraordinaria como una baja de paternidad o maternidad, una situación de incapacidad temporal o afectados por un ERE o ERTE.
¿Cuándo se cobra el paro?
Según establece el Ministerio de Trabajo, el pago de las prestaciones del SEPE se produce el día 10 de cada mes o, si es festivo, el siguiente día hábil de cada mes. No obstante, en términos prácticos el cobro del paro suele depender de cada entidad, como ocurre con las pensiones, y en este caso se suele producir entre el 10 y el 15 de cada mes.
Asimismo, el SEPE explica que el pago se produce mediante transferencia bancaria a una cuenta de una entidad financiera colaboradora con la Seguridad Social. Sólo en circunstancias muy concretas el SEPE permite que ese abono se realice en efectivo.
En este mes de diciembre, el día 10 cae en domingo por lo que el cobro de la prestación por desempleo podría retrasarse un día, como indica la norma de la Seguridad Social.
¿Cuándo se cobra el paro en diciembre de 2023?
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Caixabank: 10 de diciembre (puede retrasarse al 11 por festivo)
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ING: 10 de diciembre (puede retrasarse al 11 por festivo)
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BBVA: 10 de diciembre (puede retrasarse al 11 por festivo)
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Santander: 6 de diciembre (se puede retrasar al 7 por festivo)
¿Cómo se calcula el paro?
Como se ha mencionado anteriormente, el pago de la cantidad del paro viene determinado por las circunstancias de cada persona y de lo que haya trabajado antes de solicitar la prestación por desempleo.
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Como norma general, se tienen en cuenta las cotizaciones por desempleo de los últimos 6 años que no hayan sido computadas para cobrar paro anteriormente.
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