Catedráticos de Hacienda califican de «chapuza» el impuesto a los ricos y le auguran una vida corta: «Va a decaer seguro»
Un grupo de siete expertos en Derecho Tributario reunido por el Instituto de Estudios Económicos detecta hasta cuatro flancos de inconstitucionalidad en el nuevo gravamen
Acusan al Gobierno de erosionar la confianza en la seguridad jurídica del sistema fiscal español y de acosar a los colectivos «a los que les va bien»
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en un acto del PSOE
«Big Bang fiscal», «figura peculiar, sino extravagante», «jarro de agua fría sobre la seguridad jurídica», «chapuza», «marketing político», pocas veces si es que ha ocurrido en alguna ocasión una figura fiscal ha sido señalada con semejante ristra de calificativos negativos desde el ámbito académico. ... El gravamen de solidaridad a las grandes fortunas improvisado por el Gobierno en la recta final de 2022 a instancias de Unidas Podemos para apuntalar el respaldo mayoritario del Parlamento a los nuevos impuestos a la banca y a las energéticas ha recibido este lunes un soberano zarandeo por parte de cuatro de los siete catedráticos de Derechos Tributario reunidos por el Instituto de Estudios Económicos (IEE) para valorar su adecuación o no el marco regulatorio doméstico.
El resultado del análisis de los académicos es demoledor. Hallan hasta cuatro posibles flancos de inconstitucionalidad en el impuesto, que afectan tanto a cuestiones formales y de procedimiento, como del fondo de la norma y que les lleva a concluir que el nuevo gravamen, sobre el que incluso el Gobierno ha dicho que podría convertirse en permanente, no durará mucho tiempo en el sistema tributario español. «Va a decaer seguro. Tal vez se aplique en 2022 y en 2023, pero no va a llegar a 2024», ha vaticinado este lunes Javier Martín, socio director del despacho Ideo Legal y catedrático de Derecho Tributario por la Universidad Complutense.
Tanta certeza se debe a la acumulación de irregularidades que observan en la norma. Según el resumen realizado por Íñigo Fernández de Mesa, presidente del Instituto de Estudios Económicos (IEE), impulsor del trabajo, el nuevo gravamen de solidaridad -que básicamente clona la regulación del Impuesto de Patrimonio para forzar a pagar por su patrimonio a los contribuyentes de la Comunidad de Madrid y Andalucía, beneficiados por las exenciones aprobadas por sus gobiernos autonómicos-, el impuesto es ilegal de nacimiento, ya que surge de una enmienda a una proposición de ley lo que impide cualquier tipo de control parlamentario y constitucional sobre el mismo.
Además, vulnera el artículo 157.3 de la Constitución al alterar a través de una norma ordinaria el ámbito competencial en materia fiscal que se reconoce a las comunidades autónomas por ley orgánica. Más allá de cuestiones formales, los académicos que participan en el informe entienden que se vulnera el principio de seguridad jurídica al alterar solo unos días antes del final del año las condiciones por las que tienen que tributar decenas de miles de contribuyentes; y, por último, se entiende que puede generar situaciones confiscatorias, en el que el pago por los impuestos patrimoniales se lleve junto al IRPF más del 60% de la renta obtenida en un año.
Fraude de ley
La opinión generalizada es que uno de los emblemas de la ofensiva fiscal del Gobierno contra "los que más tienen" caerá en los tribunales por los defectos de forma que presenta y que a juicio de Luis Manuel Alonso González, catedrático de Derecho Financiero y Tributario por la Universidad de Barcelona, presentan los perfiles de un 'fraude de ley', entendido como el uso de un medio impropio para alcanzar unos determinados fines. "Vulnera el artículo 23 de la Constitución que prevé la participación de los ciudadanos y sus representantes en la creación de las leyes", ha asegurado, con el argumento de que el tramitarlo como una enmienda a una proposición de ley no sólo esquivó los preceptivos controles de legalidad del Consejo de Estado, sino que también eludió los preceptivos controles parlamentarios "porque las enmiendas se pueden discutir, pero no se pueden enmendar".
"Es la primera vez que se crea un impuesto a través de una enmienda a una proposición de ley", ha subrayado el catedrático de la Universidad de Barcelona, que también ha recalcado que la maniobra sitúa a España como el único país del mundo que tiene dos impuestos sobre el patrimonio y también que es la primera vez que la lista de impuestos estatales supera los 25.
Los académicos objetan asimismo la finalidad armonizadora argumentada por el Gobierno para sostener la necesidad de actuar de este modo en el campo de la imposición patrimonial. "Hay necesidad de armonizar cuando no hay una legislación uniforme, pero no es el caso, aquí hay una norma común y unas comunidades autónomas que han hecho uso del margen competencial que les daba la ley para bonificar un impuesto. Lo que se hace es una restricción de facultades que se derivan del orden constitucional y de las que algunas comunidades autónomas han hecho un uso legítima", ha advertido el catedrático de Derecho Tributario de la Universidad de Santiago, César García Novoa, para glosar la vulneración de las competencias que les son propias a las autonomías en el campo fiscal.
Golpe a la seguridad jurídica en España
Más allá de los problemas de diseño, también se aprecian defectos de fondo. Javier Martín, socio director de Ideo Legal y catedrático de Derecho Tributario por la Universidad Complutense de Madrid, entiende que el hecho de alterar a escasos días de la finalización del año la forma en que miles de contribuyentes tienen que tributar por Patrimonio sin posibilidad alguna de que estos puedan hacer algo al respecto constituye una supuesto de retroactividad impropia y, por tanto, atenta contra el principio de seguridad jurídica que debe observar todo estado de Derecho.
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Para Juan José Rubio, catedrático de Hacienda Pública de la Universidad de Castilla-La Mancha y exdirector del Instituto de Estudios Fiscales, el impuesto presenta también un problema de doble imposición, al obligar a pagar a determinados contribuyentes dos veces por su patrimonio, y de confiscatoriedad, ya que en algunos casos hará que Hacienda se quede con un porcentaje superior al 60% de la renta generada en un año.