Cómo afecta la sentencia de la Justicia europea sobre el abuso de interinos en el sector público: consecuencias legales para España
La Justicia comunitaria observa un flagrante incumplimiento de la directiva que insta a evitar los contratos temporales en la Administración
Los juristas advierten de impacto que puede tener en los tribunales españoles y la traslación del fallo a los responsables del Gobierno
Europa denuncia las 'trampas' de España en la contratación de empleados públicos e insta a hacer fijos al millón de interinos
El más de millón de trabajadores interinos de la Administración pública tienen desde ayer más motivos aún para reclamar un trato justo de sus relaciones laborales con los diferentes organismos dependientes del Estado, sobre todo en aquellos casos en los que la concatenación de contratos temporales viene de lejos. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) publicada ayer supone, además de un varapalo para nuestro país por la mala praxis en el plano de contratación pública, un serio aviso para el Gobierno y un punto de partida para que la Justicia doméstica comience a analizar estos casos de interinidad perpetua y obligue a los diferentes organismos públicos a tener que convertir a los empleados en indefinidos 'reales'.
Concretamente, a una respuesta elevada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid sobre si nuestro país cumple con la normativa comunitaria que emana del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada suscrito por nuestro país hace ahora un cuarto de siglo dentro de la Directiva 1999/70 por la que los estados se comprometen a no abusar de las situaciones de temporalidad entre los empleados de los organismos públicos, la Justicia europea no sólo señala varios puntos de incumplimiento sino que apunta hacia la necesidad de convertir estos contratos en indefinidos cómo única fórmula de reparación viable, ya que la jurisdicción española no cuenta con herramientas para sancionar y disuadir a la Administración de estas prácticas.
Trabajadores afectados
De partida, el TJUE señala la 'trampa' sobre la que la Administración -cabe recordar que la medida afecta principalmente al personal laboral en los diferentes niveles de la Administración y empresas públicas- al invalidar la figura del indefinido no fijo por la que los estados se comprometen a no abusar de las situaciones de temporalidad entre los empleados de los organismos públicos. De los 3.593.300 empleados públicos registrados a cierre de 2023, 1.062.900 eran temporales, interinos en toda su naturaleza. Pero el pozo sobre el que pone el foco la Justicia europea y que advierte se trata igualmente de trabajadores sujetos a circunstancias de temporalidad son los indefinidos no fijos.
Los trabajadores indefinidos no fijos sólo pueden ser considerados como tal por una sentencia judicial, y son aquellos empleados públicos en régimen laboral que han encadenado varios contratos laborales temporales con la Administración y han recibido un fallo favorable a sus reivindicaciones. «De ahí que esta situación de indefinido no fijo, únicamente puede ser reconocida mediante sentencia, debido a que estos trabajadores no se han sometido previamente a un proceso de acceso al empleo público basado en los principios de igualdad, mérito y capacidad, como ocurre con los trabajadores laborales fijos», señalan los expertos de Iberum Abogados. De los 2.530.400 empleados públicos con contrato fijo, casi 20.000 trabajadores tienen reconocida esta condición indefinido no fijo.
Fallos en el sistema
En segundo lugar, el Tribunal también mete un rejonazo al aparato legal español en su conjunto y advierte de que no existen medidas para impedir la mala práctica contractual constatada. Señala al respecto que ni el hecho de que se estén realizando procesos de estabilización de las plantillas desde 2020, ni las masivas ofertas públicas de empleo de los últimos años, ni el hecho de que la resolución de las relaciones laborales con el personal interino lleven asociada una indemnización constituyen un elemento disuasorio.
Emplazamiento a los jueces españoles
Resuelve el TJUE que la transformación de los contratos temporales, incluidos los contratos de indefinidos no fijos, en contratos fijos «es una medida que sanciona efectivamente los abusos», si bien, ante las eventuales compensaciones que debiera llevar a cabo la Administración, la justicia europea señala que corresponde a los Tribunales internos de los estados miembros determinar cuál es la medida sancionadora que debe aplicarse. «Al no existir en el ordenamiento jurídico interno ninguna medida efectiva para evitar y sancionar los abusos en la contratación temporal abusiva, incluidos los indefinidos no fijos, la conversión de los contratos en una relación laboral fija o indefinida puede constituir tal medida», señala.
Conversión de contrato, previa denuncia
No en vano, las fuentes jurídicas consultadas por este medio descartan que este fallo del TJUE vaya a suponer un terremoto legislativo que lleve al Ministerio de Función Pública en este caso a buscar un arreglo para este colectivo. De hecho, recuerdan que esta sentencia emplaza a los jueces, donde parece que se librará el segundo asalto de esta batalla que libran miles de trabajadores públicos temporales.

Tasa de temporalidad
En % sobre el total de contratos / Datos IVT de cada año
Sector privado
Sector público
31,4
30,9
30,0
28,1
27,7
27,4
27,1
23,6
25,9
25,4
23,0
23,7
18,5
14,7
2017
2018
2019
2020
2021
2022
2023
ABC
Fuente: INE

Tasa de temporalidad
En % sobre el total de contratos
Datos IVT de cada año
Sector privado
Sector público
31,4
30,9
30,0
28,1
27,7
27,4
27,1
25,9
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23,6
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ABC
Fuente: INE
El socio director de Labormatters Abogados, Alfredo Aspra, explica que precisamente al no haber un elemento corrector ni sancionador dentro de la legislación española esta sentencia «no impide que la Administración siga acudiendo de forma masiva a este tipo de contratación», por lo que será la Justicia la que deberá ir «caso a caso».
Más carga laboral en los juzgados
Lo que sí advierte Aspra es que esta sentencia del TJUE puede resultar en un importante incremento de la carga de trabajo «en la ya colapsada jurisdicción social». Cabe recordar en este punto que uno de los compromisos adoptados por el Gobierno en la normativa dirigida a la estabilización de las plantillas del sector público es tener una tasa de interinidad máxima del 8%. Recuerda el experto en conversación con ABC que este es precisamente uno de los puntos que dejó pendiente la reforma laboral que penalizó la contratación temporal hasta el punto de haber reducido a la mitad la tasa en el sector privado (hasta el 14%), pero no así en los organismos públicos donde esta situación afecta al 30% de trabajadores.
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