La UE rechaza la conversión de interinos en funcionarios pero reclama indemnizaciones más altas

El Abogado General respalda que tengan que realizar oposiciones para ser fijos, exige medidas que frenen el abuso en los contratos y asegura que la compensación de 33 días por año trabajado no resarce el daño causado

La inestabilidad se dispara con trabajos temporales de sólo 37 días

Protestas de los interinos esta semana en Madrid efe

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), Rimvydas Norkus, asegura que la norma española no choca con la europea y que, por lo tanto, no piensa que España tenga que convertir interinos en funcionarios, aunque insta al Gobierno a poner ... en marcha «medidas efectivas que permitan sancionar debidamente el abuso« en la contratación y a que eleve las indemnizaciones máximas por despido de 33 días, por considerar que no reparan el daño sufrido. El jurista deja en manos del Supremo la decisión de convertir en fijos a los eventuales que sufran esos abusos de temporalidad.

Casi 1,4 millones de trabajadores del sector público, 700.000 interinos y otros casi 650.000 con un contrato temporal, indefinido e indefinido no fijo, llevan meses esperando el pronunciamiento de la Justicia europea sobre sus condiciones laborales y la fijeza o no de sus contratos. Este jueves ha sido el abogado general de la UE el que ha presentado sus conclusiones sobre la situación laboral de los afectados, y aunque sólo es una opinión, no una sentencia, los jueces europeos lo tienen muy en cuenta y sus pronunciamientos suelen ser coincidentes.

Asegura el letrado que el TJUE ha declarado «en numerosas ocasiones que la conversión de sucesivos contratos de duración determinada en un contrato o relación de empleo por tiempo indefinido no es obligatoria para los Estados miembros«. Y precisa que el tribunal «jamás ha exigido, o siquiera sugerido, que se reconozca la condición de personal laboral fijo o la de funcionario de carrera a un trabajador en la Administración pública sin que haya superado previamente los procesos selectivos o los concursos, oposiciones o concursos-oposiciones previstos, de conformidad con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad«.

Medidas sancionadoras efectivas

Para Norkus una «medida sancionadora efectiva, disuasoria y proporcionada» debería establecer «un sistema que permita la reparación íntegra del perjuicio sufrido por el trabajador, tomando en consideración, en el cálculo de la cuantía de la indemnización, la gravedad de la violación, incluida su duración, y, por otra parte, un mecanismo para sancionar a la Administración Pública responsable que sea suficientemente concreto, previsible y aplicable y que no puede limitarse a una mera posibilidad abstracta o puramente teórica». «Ni el abono de una indemnización correspondiente a 20 días por año de servicio, con un límite de doce mensualidades, ni el de la correspondiente a 30 días por año de servicio, con un límite de veinticuatro mensualidades permiten, como ya ha declarado el Tribunal de Justicia, la reparación proporcionada y efectiva en las situaciones de abuso que superen una determinada duración en años, ni la reparación adecuada e íntegra de los daños derivados de dichos abusos«.

Con este pronunciamiento, el abogado responde al Tribunal Supremo, que en marzo de 2024 elevó una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el modo de hacer fijos a los empleados públicos tras el fallo del tribunal europeo en el que denunciaba que la legislación española no disuade adecuadamente a las Administraciones Públicas del abuso de la contratación temporal y planteaba, como solución, hacer fijos a los trabajadores afectados. Un mes antes, el 22 de febrero de 2024 una sentencia del tribunal con sede en Luxemburgo, en respuesta a una cuestión prejudicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, consideró que la normativa española sobre temporalidad en las Administraciones contravenía la normativa europea.

En aquel fallo, el TJUE consideró que el Derecho español no disuade adecuadamente a las Administraciones Públicas del abuso de la contratación temporal, lo que puede llevar a emplear a trabajadores de forma precaria «durante años». Apuntaba que, «a falta de medidas adecuadas» en la legislación española para prevenir y sancionar con arreglo a las normas europeas los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos temporales, incluidos los contratos indefinidos no fijos prorrogados sucesivamente, «la conversión de esos contratos temporales en contratos fijos puede constituir» la solución.

El dictamen de la Justicia comunitaria instaba, por tanto, a revocar las situaciones de flagrante precariedad contractual asociada a aquellos trabajadores del sector público que encadenan años de servicios a la Administración con contratos temporales, de interino. Apunta que estos interinos de larga duración, también denominados previa sentencia judicial indefinidos no fijos, deberían de ser convertidos de forma automática a fijos ordinarios. Dos han sido los avisos a España por no haber incorporado en el derecho nacional de forma correcta la directiva de 1999 que «prohíbe la discriminación de los trabajadores con contrato de duración determinada».

Igualdad, mérito y capacidad

Sin embargo, el goteo de sentencias que se han ido publicando en España durante todos estos meses han rechazado hacer fijos a estos trabajadores tras apelar a la Constitución a la exigencia de acceder al empleo en condiciones de «igualdad, mérito y capacidad», lo que pasa, según los distintos pronunciamientos por ganar una oposición.

Las sentencias contradictorias que han venido publicando los tribunales españoles es lo que motivó al Supremo a remitir en mayo de 2024 la citada cuestión prejudicial al TJUE, para contar un pronunciamiento que sirva de guía para los tribunales españoles, y para reafirmar si los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad son contrarios a la norma europea, que establece que se debe hacer fijos a los empleados que superen más de dos años de contratos temporales. El Alto Tribunal también esperaba respuesta sobre si las indemnizaciones que reciben los interinos y trabajadores públicos cuando son cesados al cubrirse su plaza es adecuada.

Mil millones menos de fondos

El compromiso de recortar la temporalidad desbocada en el sector público viene de lejos, pero los incumplimientos han sido reiterados y hoy la Administración sigue abusando de contrataciones eventuales y la temporalidad está desbocada, en el 30%. Para esquivar esas sanciones europeas, el Gobierno propuso una reforma a comunidades y ayuntamientos, que tiene como eje central más controles y medidas disuasorias de la temporalidad y fuertes sanciones para administraciones incumplidoras. Pero hasta ahora, los intentos se han quedado sólo en eso, en intentos. Entre tanto, Europa ya ha castigado a España con mil millones menos de fondos europeos.

CSIF pide una reunión urgente con el Gobierno

CSIF ha reclamado una reunión urgente al ministro de Función Pública, Óscar López, para abordar las conclusiones del abogado de la UE, tras recordar que el sindicato ya había pedido elevar las indemnizaciones y sanciones para las administraciones incumplidoras. Recuerda que España incumple la ley con una temporalidad del 30% y reclama al Gobierno que elimine «una vez por todas la tasa de reposición en las ofertas de empleo público en función de sus necesidades, sin contratar interinos«.

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