La Abogacía blinda el plan de Montero y rechaza que las Cortes puedan impedir a un Gobierno presentar sus Presupuestos

El informe al que se agarra Montero para tramitar el proyecto de Presupuestos de 2024 aún sin disponer del preceptivo respaldo parlamentario a su senda de déficit recalca que presentar los Presupuestos en un mandato constitucional

El ajuste fiscal sobre comunidades autónomas y corporaciones locales podría ser aún mayor del que estimaba Hacienda

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en el debate sobre la senda de déficit en el Senado EP

«La obligación del Gobierno de presentar a las Cortes un proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado no puede ser obviada por las eventualidades que deriven de la aplicación de una norma de rango inferior a la Constitución». El informe fantasma de ... la Abogacía del Estado al que durante más de dos meses se ha referido la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, para sustentar la posibilidad jurídica de tramitar el proyecto de Presupuestos de 2024 pese a no disponer del aval de las dos cámaras del Parlamento a su senda de reducción del déficit, aparentemente preceptivo a la luz de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, apela al mandato constitucional de la elaboración anual de un proyecto de Presupuestos y al marco regulatorio de la Unión Europea para avalar el plan del Gobierno.

El análisis jurídico firmado por el abogado del Estado jefe de la Secretaría de Estado de Presupuestos, Raúl López Fernández, concluye a la luz de este marco legal que «el rechazo de los objetivos de estabilidad por alguna de las Cámaras no afecta al deber del Gobierno de presentar un proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado, pues esta obligación ha sido impuesta directamente por la Constitución».

Es decir, según el informe de la Abogacía, no es solo que haya base legal para que el Gobierno pueda sortear el no del Senado a los objetivos de reducción del déficit planteados por el Gobierno, que la legislación de estabilidad presupuestaria señalan como la base de cualquier proyecto presupuestario, sino que también podría iniciar la tramitación de los Presupuestos si el rechazo se hubiera producido en el Congreso de los Diputados.

La interpretación de la Abogacía echa por tierra el garantista procedimiento instaurado por la Ley de Estabilidad Presupuestaria, que desde hace una década exige el aval de Congreso, Senado, comunidades autónomas y corporaciones locales a la senda fiscal de los próximos tres años para dar vía libre a los proyectos presupuestarios.

La Abogacía no solo desactiva el poder de las Cortes para impedir que un Gobierno presente unos Presupuestos –por supuesto los podría tumbar una vez presentados – sino que también avala que estos se puedan sujetar en cualquier senda que haya sido avalada por Bruselas.

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