Sánchez quiere que se revisen las sentencias que condenaron a piquetes desde 2015
El Gobierno eliminará también las penas de prisión para los huelguistas violentos
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Iniciar sesiónEl PSOE ha registrado en el Congreso una proposición de ley para suprimir el artículo 315.3 del Código Penal que contempla penas de prisión desde un año y nueve meses hasta tres años para los piquetes violentos que actúan en las huelgas. Además, la ... propuesta, incluída de «puntillas» en el acuerdo de gobierno entre el PSOE y Unidas Podemos en enero pasado, va ahora más lejos y pretende que se revisen las sentencias firmes ya dictadas en aplicación de ese precepto vigente desde 2015 y que fue aprobado por la mayoría absoluta del Gobierno de Mariano Rajoy. Esta revisión de las sentencias no figuraba en el mencionado acuerdo socialcomunista y supera las exigencias que desde hace años habían mostrado los sindicatos y los partidos de izquierda.
Este artículo, cuya supresión también se incluía en el pacto de gobierno entre el PSOE y Ciudadanos de febrero de 2016, apunta que «quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga, serán castigados con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de multa de dieciocho meses a veinticuatro meses».
Derecho a ir a trabajar
Además, se da la circunstancia de que si se elimina este artículo 315.3, otro derecho fundamental, el de acudir a trabajar, quedará limitado frente al derecho de huelga, según expertos juristas consultados por este periódico. Será así porque se mantienen los apartados 1 y 2 de dicho artículo: 1. Serán castigados con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de seis a doce meses los que, mediante engaño o abuso de situación de necesidad, impidieren o limitaren el ejercicio de la libertad sindical o el derecho de huelga. 2. Si las conductas reseñadas en el apartado anterior se llevaren a cabo con coacciones serán castigadas con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de multa de 18 a 24 meses.
El polémico artículo 315.3 fue incluido en el Código Penal por el Ejecutivo de Rajoy para intentar acabar con la impunidad que gozaban los piquetes hasta entonces, lo que había provocado fuertes presiones por parte de los empresarios que sufrían millonarias pérdidas con las acciones vandálicas de grupos de personas y de piquetes informativos
El propio Rajoy sufrió los desmanes de los llamados «piquetes informativos» en las dos huelgas generales que padeció en 2012 (29 de marzo y 14 de noviembre). Aunque decenas de sindicalistas fueron detenidos en aquellas fechas, solo un centenar fueron juzgados y muy pocos condenados. De hecho, de los aproximadamente 300 sindicalistas condenados por actuar violentamente en alguna huelga, ninguno ha pasado por la cárcel, según confirmaron fuentes de CC.OO. y de UGT.
La mayoría de las veces, porque las condenas no eran elevadas y no conllevaban ir a la cárcel. Otros, porque los tribunales superiores rebajaban o anulaban las condenas.
Los "ocho de Airbus"
Así sucedió en uno de los casos más mediáticos, el conocido como el de los «ocho de Airbús», en el que la Fiscalía pidió más de 66 años de prisión en total para los acusados por provocar graves altercados en la puerta de la factoría de Getafe y de enfrentarse a la Policía –que realizó varios disparos al aire– durante la huelga general de 2010 contra la reforma laboral de José Luis Rodríguez Zapatero. Finalmente, el juez los absolvió por no quedar probada su participación en los hechos.
Pedro Sánchez tuiteó en febrero de 2016 que «los ocho de Airbus tienen mi apoyo y mi solidaridad. La huelga es un derecho y el 315.3 debe derogarse cuanto antes».
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