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El Gobierno amplía la prohibición de cortar la luz, gas y agua durante el estado de alarma

Para acreditar la condición de consumidor vulnerable ante las empresas suministradoras de gas natural y agua bastará la presentación de la última factura de electricidad en la que se refleje la percepción del bono social

Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros EFE

ABC

El Gobierno ha aprobado este martes ampliar la prohibición del corte de suministros de electricidad, agua y gas natural a los consumidores vulnerables , vulnerables severos o en riesgo de exclusión social mientras se prolongue el estado de alarma. Así lo establece el Real Decreto-ley de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.

Para acreditar la condición de consumidor vulnerable ante las empresas suministradoras de gas natural y agua bastará la presentación de la última factura de electricidad en la que se refleje la percepción del bono social de electricidad.

La portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, subrayó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros la importancia de esta medida en «esta época de vulnerabilidad con mayor consumo energético», y apuntó que busca «fortalecer» y extender la definición de consumidores vulnerables «en todas las categorías». Según apuntó Montero «no solo cubrirá a los consumidores vulnerables» que puedan ya tener contratos de bono social -unos 1,2 millones de consumidores-, sino que será de aplicación también a otros que presenten una situación análoga y donde los mediadores o servicios sociales ayudarán a acreditar su vulnerabilidad ante la compañía suministradora.

También será de aplicación la prohibición de la suspensión de suministro para aquellos consumidores que, no pudiendo acreditar la titularidad del contrato de suministro ni, por tanto, acceder a la condición de consumidor vulnerable o vulnerable severo, cumplan con el resto de requisitos establecidos mediante acreditación por certificación de dicha circunstancia por los servicios sociales competentes o por mediadores sociales ante la empresa suministradora.

Además, el periodo en el que esté en vigor esta medida no computará a efectos de los plazos comprendidos entre el requerimiento fehaciente del pago y la suspensión del suministro por impago establecidos en la normativa vigente.

La medida aprobada hoy consolida la garantía de suministros a los consumidores vulnerables. Su urgencia viene justificada por el carácter esencial de estos suministros para los hogares en la proximidad del invierno, que coincide con la época del año en la que mayor consumo energético se produce, y por la situación excepcional derivada de la crisis sanitaria y económica.

En cuanto al suministro de agua está garantizado para toda la población y, especialmente, para los consumidores vulnerables, tal y como ha asegurado la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) que ha garantizado, a través de los ayuntamientos, que no se produzcan cortes de agua por falta de pago a ninguna persona vulnerable.

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