El coste del absentismo laboral supera los 92.075 millones, más de nueve puntos de PIB
A principios de 2020 el Gobierno derogó el despido justificado por baja médica
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Iniciar sesiónEl coste del absentismo laboral para la economía española alcanzó los 92.075 millones en 2020, más del 9% del Producto Interior Bruto , según estimaciones de las mutuas. Un montante en el que se incluye tanto el coste de las prestaciones por baja, ... el derivado para las empresas y el coste de oportunidad, es decir, la producción de bienes y servicios que se dejaron de producir.
Y se da la circunstancia de que crece el absentismo laboral, pese a que las bajas en el trabajo cayeron en el primer ejercicio de la pandemia en torno al 20%. ¿Cómo puede crecer el absentismo si caen los procesos? Las mutuas achacan este desfase a la duración de las fases por la «paralización» de la sanidad pública . Destacan el aumento de las listas de espera, la desprogramación de las intervenciones quirúrgicas y embotellamiento de las citas médicas, tanto en atención primaria como especializada como ejemplo del parón sanitario.
Una de las señales de alerta para estas asociaciones de empresarios sin ánimo de lucro es que en el primer año del Covid aumentó la duración de las bajas de más de un año de duración. De las 32.464 que había en en diciembre de 2019 pasaron a 115.071 en el mismo período de 2020, es decir, que estos procesos por incapacidad temporal se multiplicaron por 3,5.
Coste total del absentismo
En millones de euros
96.827,18
92.074,87
85.601,92
77.384,74
69.136,60
62.264,50
59.208,90
56.756,90
54.363,38
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
2019
2020
Fuente: AMAT (Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo
ABC
Coste total del absentismo
En millones de euros
100.000
96.827,18
92.074,87
80.000
59.208,90
60.000
54.363,38
50.000
2012
2014
2016
2018
2020
Fuente
AMAT (Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo
ABC
Hasta principios de 2020 los empresarios podían despedir en España por absentismo a trabajadores con baja médica. En febrero de ese año el Gobierno derogó esa extinción que fue endurecida en la reforma de 2012. «A partir de hoy a nadie se la va a despedir teniendo una causa justificada de baja por enfermedad», apuntó entonces la ministra de Trabajo , aunque, en la práctica, esta fórma de despido había sido usada de forma muy residual por las empresas.
El Ministerio de Trabajo eliminó del Estatuto de los Trabajadores e l artículo completo que regulaba esta extinción, el 52.d . Un paso que no supuso volver a la norma anterior a la modificación realizada por el Gobierno de Rajoy . La aplicación de esta causa extintiva se remonta a 1980, aunque en 2012 se endureció el contenido de la norma laboral. Hasta entonces, el empleador debía tener en cuenta el absentismo de todo el centro de trabajo, no pudiendo superar el empleado el 5% anual del conjunto de las bajas de sus compañeros. Fue a partir de la reforma llevada a cabo por el PP cuando se suprimió esa referencia colectiva y se pasó a analizar sólo el cómputo de ausencias de cada trabajador, momento desde el cual un empleador podría extinguir un contrato cuando su trabajador no acudiera al puesto durante nueve días -aunque sean discontinuos- en dos meses.
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