Aluvión de casos contra las aseguradoras por los ‘cierres Covid’
Los negocios obligados a echar la persiana por los dos estados de alarma se vuelcan con la vía judicial y se abre la posibilidad de reclamar al Estado
Una de las demandas está ya en fase de admisión en el Tribunal Supremo
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Iniciar sesiónDe la noche a la mañana, España tuvo que parar en marzo de 2020. Entraron los ERTE en juego y solo las actividades esenciales pudieron seguir operando. Bares, restaurantes, hoteles, agencias de viajes, peluquerías... miles y miles de negocios echaron la persiana. Y cuando muchos ... de ellos pensaban que al menos tendrían el colchón de su seguro, se toparon contra un muro. «Este cierre no está cubierto», les decían . Unos pocos se decidieron a acudir a la vía judicial para reclamar su indemnización a la aseguradora, y es ahora cuando la batalla legal se ha desatado con más virulencia. Los casos no paran de llegar a los juzgados españoles, según ha podido saber ABC.
La controversia está en si los cierres derivados del Covid están amparados o no por las pólizas de seguros que abarquen conceptos como el lucro cesante o la pérdida de beneficios. El sector asegurador rechaza tajantemente que deba concederse la indemnización en todos los casos. Fuentes de Unespa indican que «el seguro de pérdida de beneficios, en cualquiera de sus denominaciones, exige para su activación la existencia de un daño material directo cubierto por la póliza. Por lo tanto, la interrupción de negocio por decisiones de la autoridad no está cubierta en los condicionados de las pólizas ». En otras palabras, que para que esta interrupción del negocio hubiera estado cubierta tendría que haberse contemplado una cláusula expresamente en las pólizas.
El debate jurídico está servido por la disparidad de casos que ha habido hasta la fecha. Existen cinco sentencias favorables a comercios que acudieron a los tribunales; por contra, las aseguradoras dicen que ellas tienen a su favor otras 14, aunque todas en primera instancia.
Por el momento, solo hay dos fallos que han llegado a audiencias provinciales, en apelación, ambos en Gerona . Y que están sirviendo de ejemplo en otros procesos judiciales. En una de dichas sentencias, la Audiencia Provincial reconoce que no viene expresamente incluida la cobertura pero tampoco excluida y aceptada por el tomador, inclinando así la balanza hacia el asegurado. En este sentido, se recuerda en diversos fallos el artículo tercero de la Ley de Contrato de Seguro, a la hora de establecer cláusulas limitativas: «Las condiciones generales y particulares se redactarán de forma clara y precisa. Se destacarán de modo especial las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados, que deberán ser específicamente aceptadas por escrito».
Ya hay cinco sentencias favorables a los negocios. Las aseguradoras, por contra, dicen que ellas tienen 14 fallos que les dan la razón
Los otros tres fallos favorables a comercios se han sucedido en Murcia, Navarra y Andalucía, pero existen muchos casos pendientes más en toda España, como confirma Ángel Alcalde, socio director del despacho que lleva su nombre y abogado de los dos casos de Gerona. Con todo, este también se lamenta de que los procedimientos están avanzando muy poco a poco , con señalamientos para la segunda parte del año 2022 incluso.
Jaime Diéguez, abogado de LEAN, también está inmerso en procesos de esta índole, con resultado fructífero, y confirma el aumento del interés por acudir a los tribunales. «La viabilidad de obtener una indemnización derivada de la paralización del cierre del establecimiento, de la pérdida de beneficios o de la interrupción total o parcial de la actividad del establecimiento dependerá del clausulado recogido en las condiciones particulares de la póliza de seguro y de las negociaciones e información que el titular recibiera al momento de suscripción del contrato», señala.
De momento, tanto el sector como los negocios están pendientes de lo que pueda ocurrir a futuro en el Tribunal Supremo . Según ha podido saber ABC, uno de los dos casos sentenciados en Gerona ya ha llegado al Alto Tribunal y se encuentra en fase de admisión, tras el recurso de casación interpuesto por Zurich Seguros .
Son muchos los tipos de negocios que están llegando a la vía judicial, y multitud están todavía a la espera de que la situación se clarifique jurídicamente. Asimismo, no todos los que se deciden a demandar son pequeños empresarios o autónomos, sino que también hay compañías de mayor tamaño dedicadas a la restauración o al negocio hotelero que están estudiando recurrir a la justicia.
Vía alternativa
Más allá de ello, la declaración de inconstitucionalidad de los dos estados de alarma que decretó el Gobierno abre otra vía para poder reclamar. En este caso, no contra las aseguradoras. «Se están barajando efectivamenteotras vías de reclamación no frente a las aseguradoras sino también frente al Estado especialmente tras los recientes pronunciamientos del Tribunal Constitucional» , afirma Diéguez.
Esto pasaría por reclamar responsabilidad patrimonial al Estado, aunque esto todavía es una posibilidad que está por estudiarse. De momento, la opción preferida por los afectados sigue siendo la de demandar directamente a las aseguradoras, que continúan negando las indemnizaciones en todos los casos al entender que si no está recogido en la póliza, no corresponde el pago al asegurado.
Asimismo, como informó ABC hace pocos meses, entre el argumentario del sector asegurador está que no hay recursos suficientes para poder hacer frente a las pérdidas por el Covid-19. «Una pandemia es un riesgo sistémico y no es asegurable a través de los modelos tradicionales de determinación de las primas», sostenían en Unespa, para añadir que las pólizas estándar cubren riesgos que no se materializan para todo el mundo y al mismo tiempo.
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