Los despedidos con convenio especial se podrán jubilar a los 61 años
Los 35.000 afectados podrán acceder al retiro anticipado, al igual que antes del cambio de la ley
Los despedidos con convenio especial se podrán jubilar a los 61 años
La Seguridad Social emitirá un criterio administrativo o circular en los próximos días que permitirá la jubilación anticipada a los 61 años a unos 35.000 trabajadores que fueron despedidos de forma individual antes del 1 de abril de 2013 y mantienen un convenio especial ... con el sistema como vía para mantener su base de cotización cuando accedan a la edad legal de jubilación.
Así se lo ha comunicado este miércoles el secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, a empresarios y sindicatos en un encuentro que han mantenido con la finalidad de aclarar el conflicto suscitado por una mala interpretación de la ley que no ha permitido a este colectivo acceder al retiro anticipado, tal y como ha adelantado esta mañana ABC.
La últimas dos reformas de pensiones, la puesta en marcha por Rodríguez Zapatero en 2011 y la emprendida por el Gobierno de Rajoy en 2013 endurecieron las condiciones de acceso a la jubilación anticipada, aunque ambas normas discriminaron de forma positiva a las nuevas jubilaciones que se produzcan hasta el 1 de enero de 2019 procedentes de despidos colectivos (ERE), acuerdos de empresa o procedimientos concursales; y, en segundo lugar, a «las personas cuya relación laboral se haya extinguido antes del 1 de abril de 2013, siempre que con posterioridad a tal fecha no vuelvan a quedar incluidas en alguno de los regímenes de la Seguridad Social».
El problema se ha planteado cuando se ha interpretado la ley. Desde hace dos años, las oficinas de Seguridad Social venían aceptando las altas de nuevas pensiones de los trabajadores de 61 años con un convenio especial con el sistema que no provenían de un ERE, sino de un despido colectivo al considerarlos dentro del segundo colectivo de excluidos de la aplicación de las reformas de pensiones. Por ello, podían acceder al retiro anticipado a los 61 años, con 30 años cotizados y coeficientes reductores más favorables.
Sin embargo el pasado junio la Intervención de la Seguridad Social aseguró que se estaba haciendo una interpretación errónea de la ley. Según su criterio los despedidos con 61 años y con un convenios especial de cotización no podrían beneficiarse de las medidas más flexibles que se permitían para la jubilación anticipada. Interpretación que volvería a realizarse el 1 de agosto. En estos casos se consideró que los trabajadores con un convenio especial con la Seguridad Social eran «asimilados al alta» y, por lo tanto, no podrían ser favorecidos por la norma.
Los afectados por estos «problemas de redacción» son unas 7.000 personas al año hasta el 1 de enero de 2019 -cuando acaba esta cláusula de excepciones-. En total, 35.000 a los que ahora se facilitará un salida.
Encontrar una solución
Burgos aseguró ayer que durante la reunión de hoy se intentará «establecer el alcance de la decisión, satisfacer los legítimos intereses de los afectados y los objetivos de la legislación en esta materia». Dijo que la voluntad del Gobierno es «encontrar una solución pactada con los agentes sociales» en la cual «se cumpla el espíritu de la Ley de jubilación anticipada pero no queden afectadas personas para las que dicha Ley no estaba concebida». «Si después de un análisis exhaustivo se establece una conclusión distinta al logro de ese objetivo, la Seguridad Social adoptará las medidas convenientes».
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