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El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro - oscar del pozo

La letra pequeña de la reforma fiscal

El anteproyecto de Ley entra ahora en un periodo de consulta pública. El ministro de Hacienda afirma que supone «una bajada de impuestos para todos los ciudadanos»

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El anteproyecto de Ley entra ahora en un periodo de consulta pública. El ministro de Hacienda afirma que supone «una bajada de impuestos para todos los ciudadanos»

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  1. Restricciones para usar el régimen de módulos

    El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro - óscar del pozo

    Los autónomos tendrán menos retenciones desde el próximo 1 de julio, pero hay otros aspectos de la reforma fiscal que también les afectan. Así, la nueva ley limita el uso del sistema de módulos del IRPF y del IVA, que permite a los pequeños empresarios calcular su base imponible no teniendo en cuenta los beneficios reales , sino distintos parámetros objetivos, fijados de antemano, como los metros cuadrados del local, la electricidad consumida, etc...

    De este modo, el nuevo IRPF rebaja el umbral de exclusión, de 450.000 a 150.000 euros de ingresos, y de 300.000 a 150.000 de gastos. Además, se excluyen las actividades que facturen menos de un 50% a personas físicas. También quedan excluidas de este régimen simplificado las actividades a las que se aplica el tipo de retención del 1%, como las actividades de fabricación y construcción (albañilería, fontanería, instaladores, carpintería, cerrajería y pintura).

    Permanecerán en módulos actividades como el servicio de taxi, quioscos, fabricación de pan y bollería, pastelería y masas fritas; impresión de textos, comercio al por menor, cafeterías, restaurantes, hoteles de dos estrellas o categorías inferiores, talleres de reparación, transporte de viajeros por carretera, mensajeros, escuelas y autoescuelas, tintoterías y peluquerías. También permanecen dentro del régimen agricultores y ganaderos.

    Eran muchas las voces que habían pedido al Ejecutivo el fin de este sistema como una de las medidas para luchar contra el fraude fiscal.

    Información elaborada por Yolanda Gómez.

  2. El límite de aportación se reduce a 8.000 euros

    j. m. nieto

    La reforma fiscal mantiene la deducción por planes de pensiones, pero se reducen los límites. Así, se fija un límite único de 8.000 euros independientemente de la edad del contribuyente o el 30% de las rentas procedentes del trabajo o actividades económicas o profesionales. Hasta ahora se podían aportar hasta 10.000 euros si el contribuyente tenía menos de 50 años y 12.500 si se superaba esa edad. Hacienda argumenta que las aportaciones medias se sitúan por debajo de los 2.000 euros y que son muy pocos y además con rentas altas los contribuyentes afectados por esta limitación. Este límite es compatible con otros 5.000 euros que las empresas pueden aportar por sus trabajadores pero solo a contratos de seguros colectivos de dependencia, no a planes de pensiones o seguros de jubilación.

    Información elaborada por Y. G.

  3. Los dividendos dejan de estar exentos

    reuters

    La reforma tributaria suprime deducciones y exenciones no solo para las empresas sino también para los particulares. Por ejemplo, la norma elimina la actual exención fiscal de los dividendos con un límite de 1.500 euros, de la que fundamentalmente se beneficiaban los pequeños ahorradores por el volumen de la inversión hecha. De esta forma, las ganancias que obtengan a partir de ahora de sus acciones de empresas tributarán como el resto de plusvalías, según los tipos generales de ahorro, que se situarán entre el 19% para aquellas inferiores a 6.000 euros y el 23% para los cobros superiores a 50.000 euros.

    Por otro lado, y en el ámbito del Impuesto de Sociedades, el Ejecutivo ha decidido equiparar el trato fiscal de participaciones en los dividendos de entidades residentes y no residentes. En concreto, tanto los dividendos como las plusvalías de participaciones superiores al 5% estarán exentas al 100%. Esta medida forma parte de la voluntad del Gobierno de simplificar y reordenar las deducciones y los incentivos fiscales en el terreno empresarial.

    En este sentido, y entre otras medidas, los gastos por atención a clientes se limita al 1% de la cifra de negocios, se mantiene la limitación de gastos financieros en el 30% y se fija un límite general del 60% -frente al 25% actual- a la compensación de bases imponibles negativas. Además, y para mantener la capacidad recaudatoria, se prorrogan medidas como los pagos fraccionados incrementados y la limitación del fondo de comercio, entre otras.

    Información elaborada por Moncho Veloso

  4. Mínimos personales y familiares más altos

    isabel permuy

    En el nuevo IRPF se elevan las deducciones personales, familiares y por discapacitados a cargo. Así, el mínimo personal se eleva en 400 euros, hasta los 5.550. Esta cifra se eleva en otros 1.150 euros si el contribuyente es mayor de 65 años, dando un nuevo salto, con un aumento adicional de 1.400 euros a partir de los 75 años. También se elevan las deudcciones por hijos y ascendientes a cargo (ver gráfico adjunto). Los beneficios sociales se completan con una paga de 100 euros mensuales, 1.200 anuales a familias con hijos dependientes con discapacidad, familias con ascendientes dependientes y familias numerosas (3 o más hijos, o con 2 hijos y uno discapacitado). Estos 1.200 euros son acumulables entre sí, y con la actual paga a las madres trabajadoras, de modo que podrían llegar hasta 6.000 euros.

    Información elaborada de Y. G.

  5. Banca y petroleras siguen pagando el 30%

    Plataforma Cajun Express contratada por la petrolera escocesa Cairn Energy - efe

    La banca ha quedado excluida de la rebaja del impuesto de Sociedades y seguirá pagando un tipo del 30%, en lugar del 25% por el que tributarán el resto de empresas. Eso sí, al no aplicarles esa rebaja, los bancos aprovecharán al máximo otro beneficio tributario: los créditos fiscales, gastos que no se han podido deducir pero que Hacienda les compensará en el futuro reduciendo su tributación. Los bancos computan como capital 30.000 millones en activos diferidos; si el tipo bajase, se reduciría también el volumen de créditos aprovechables.

    También continuarán tributando al 30% las patroleras que se dedican a la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos, y al 25% en actividades de refino. En general, el impuesto de Sociedades bajará desde el 30% actual al 25% en 2016. Además, y las empresas creadas desde del 1 de enero de 2013 seguirán tributando al 15% en los dos primeros periodos impositivos.

    Junto a esa rebaja, y para acercar el tipo efectivo al nominal, se elimina la deducciones por inversiones medioambientales y por reinversión de beneficios. Eso sí, se fija una exención del beneficio -hasta el 10%- que se destine a recursos propios. Las empresas que inviertan en I+D más del 10% de sus ingresos ampliarán la deducción al 50% y las pymes disfrutarán de una deducción del 10%, con un límite de un millón de euros, por crear una reserva para compensar futuras bases imponibles en cinco años. Además, se amplía al 85% la exención parcial del impuesto de electricidad a los procesos en los que el coste de la electricidad supere el 50% del coste de producción.

  6. El ahorro tributará entre el 19% y el 23%

    abc

    Primero, se elimina la distinción entre el corto y el largo plazo, igualando la tributación de las plusvalías generadas en menos de un año -que se gravan al tipo del IRPF, y podía llegar al 52%- y a más largo, ahora sujetas al tipo general del ahorro, entre el 21% y el 27%. Segundo, se bajan esos tipos del ahorro en todos los tramos al nivel de 2011, de forma que el ahorro hasta 6.000 euros tributará al 19% y el que supere los 50.000 euros bajará al 23% (ver tabla).

    Además, se crean los planes «Ahorro 5», alternativa a depósitos y planes de pensiones por sus beneficios fiscales. Estos productos, que podrán adoptar la forma de cuenta bancaria o seguro y deben garantizar la retribución de, al menos, el 85% de la inversión, no tributarán por los rendimientos generados si la inversión se mantiene un mínimo de cinco años.

    Información elaborada por M. V.

  7. Los inquilinos no podrán deducir alquileres firmados desde 2015

    fernando blanco

    Frente a las medidas de la reforma fiscal que buscan aliviar la presión tributaria sobre ciertos sectores de la población, las propuestas aprobadas concernientes al alquiler de viviendas afectará de manera negativa tanto a propietarios como a inquilinos.

    Los nuevos contratos de alquiler que se firmen a partir del 1 de enero de 2015 ya no tendrán deducciones fiscales para sus inquilinos. Para que se puedan seguir aplicando la deducción por alquiler de la vivienda habitual, un contribuyente deberá haber tributado ya antes del 31 de diciembre de 2014.

    Asimismo, los propietarios de las viviendas que se alquilen a partir del nuevo año se tendrán que acoger a unas reducciones significativamente inferiores a las que se aplicaban con anterioridad: la reducción en la tributación bajará al 50% en todos los casos. Esta medida afectará especialmente a los propietarios que alquilaban a inquilinos menores de 35 años ya que antes se beneficiaban de una reducción del 100%, frente a la del 60% de carácter general. Por su parte, el Gobierno también rechazó futuras subidas en el impuesto de Bienes e Inmuebles (IBI).

    Información elaborada por Regina Rivera Webb

  8. El IVA se mantiene para las gafas, lentillas, gasas y muletas

    fotolia

    A pesar de la insistencia de la Comisión Europea y del Fondo Monetario Internacional para subir el tipo general del IVA, en la actualidad en el 21%, el ministro Montoro negó un aumento del impuesto más allá del que afecta a algunos productos sanitarios. En cumplimiento de una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, e l Gobierno subirá el IVA de algunos productos sanitarios desde el tipo reducido, del 10%, hasta el general, del 21%.

    Esto afectará a productos farmacéuticos, aparatos e instrumental sanitario como las sábanas de los hospitales. El Ministerio de Hacienda cifra el impacto recaudatorio de la medida en una horquilla de entre 300 y 400 millones de euros. Sin embargo, el IVA no subirá para gafas graduadas, prótesis, sillas de ruedas, muletas así como gasas, botiquines y vendas.

    Asimismo, desde 2015 se modifica la regla de localización del IVA, por lo que se tributará en destino en los servicios electrónicos, de telecomunicaciones o de radiotelevisión. Por ejemplo, si un ciudadano español se descarga un libro electrónico, el IVA se pagará en España y no donde tenga la sede social la empresa que vende ese producto, como sucedía hasta ahora.

  9. La «ley Beckham» ya no beneficiará a los deportistas

    reuters

    Uno de los cambios que también ha traído la reforma tributaria es la que afecta al régimen fiscal de los «impatriados», la popularmente conocida como «ley Beckham» , que establecía que los deportistas de élite, artistas, científicos de alto nivel y directivos de empresas extranjeros podían tributar por el impuesto sobre la Renta hasta un máximo del 24%, tal y como se aplicaba para las rentas más bajas.

    La nueva regulación mantiene esta tributación para el personal altamente cualificado que trabajen en empresas establecidas en el país, pero la principal novedad es que se excluye «la relación laboral especial de los deportistas profesionales».

    En la práctica, la ley, que fue aprobada por el Gobierno de José María Aznar, significó un beneficio claro para el mundo del fútbol en nuestro país, ya que favoreció los fichajes de «superestrellas» frente a los clubes de otros países. Tras el año 2010, este tipo ventajoso se limitó a los trabajadores extranjeros con rentas inferiores a los 600.000 euros anuales. En el resto de casos, se aplicaban las retenciones habituales para todos los trabajadores, del 43%. Pero no afectaba a los empleados que ya disfrutaran de estos beneficios fiscales.

  10. La plusvalía de la dación en pago estará exenta de pagar IRPF

    inés baucells

    Aliviar la presión fiscal sobre dos de los grupos más afectados por la crisis económica ha sido otro de los objetivos del Gobierno con la nueva reforma fiscal. No tendrán que pagar IRPF aquellos contribuyentes que hayan sido perjudicados por la venta de preferentes, así como aquellos que se hayan visto obligados a entregar sus viviendas al banco ante la incapacidad de hacer frente al pago hipotecario.

    Actualmente, al entregar la vivienda como dación en pago, si el valor de la deuda saldada superaba el valor de la vivienda la plusvalía que se generaba se interpretaba como una ganancia y, por lo tanto, se debía tributar. Es decir, si la deuda de una vivienda con un valor inicial de 150.000 euros ascedía a 170.000 euros y esta se saldaba con la entrega de la casa que, tras la crisis había bajado de precio a 130.000, Hacienda entendía que el contribuyente había ganado 40.000 euros con la entrega.

    De manera similar, si las acciones canjeadas por preferentes subían en Bolsa, el contribuyente se veía obligado a tributar por las plusvalías que pudiera obtener tras la venta de dichas acciones pese a que ya soportara pérdidas con la quita.

    Información elaborada por R. R. W.

  11. El Gobierno estrecha el cerco sobre el fraude fiscal

    reuters

    Hacienda publicará periódicamente una lista de morosos en la que incluirá a defraudadores que tengan deudas superiores al millón de euros, así como aquellas en las que haya transcurrido el plazo establecido para abonarla. En la publicación vendrán detallados nombres, apellidos y NIF o, en el caso de ser empresa, la razón o denominación social. No se incluirán deudas y sanciones tributarias que estén aplazadas o suspendidas. Tendrán un mes de plazo para recurrir su inclusión a la lista y acreditar que los datos publicados no son exactos.

    Los plazos del procedimiento inspector pasan de 12 a 18 meses, o 27 en casos especiales. También se permitirá la suspensión de casos tasados para agilizar el proceso. Con la nueva reforma fiscal bastará con haber indicios de delito fiscal para que la administración pueda liquidar la deuda. Lo mismo ocurrirá en los delitos de contrabando, ya que hasta el momento las sentencias que se recurrían frenaban la liquidación administrativa.

    También se publicará anualmente una lista de paraísos fiscales, en función del intercambio efectivo de información tributaria, aunque los países que se incluirán en dicha categoría podrán variar.

    Elaborado por R. R. W.

  12. La reducción por rentas irregulares baja del 40% al 30%

    efe

    Las rentas irregulares, que son las que se reciben en un año pero son consecuencia de varios ejercicios de trabajo, como el rescate de un plan de pensiones, una indemnización por despido, algunos «bonus» o incentivos recibidos por empleados y directivos, etc..., pagarán más a Hacienda a partir del próximo año.

    La nueva norma reduce del 40 al 30% la reducción que ahora se aplica. Así, por ejemplo, si un alto ejecutivo recibe 200.000 euros como «bonus» al trabajo realizado en varios ejercicios, declarará a Hacienda unos ingresos de 140.000 euros a partir del próximo año, y esta cifra la sumará a sus ingresos anuales. Si el dinero lo recibe este año, tributará como si hubiera recibido 120.000 euros.

    En el caso del rescate de un plan de pensiones en forma de capital, la reducción se suprimió a partir de 2007, pero lo ahorrado antes de ese momento sí se aplica este descuento. Por tanto, la medida penaliza el rescate de los planes de pensiones en una sola vez, incentivando que éste se haga en forma de renta.

    La medida también perjudica a las indemnizaciones elevadas por despido, cuyas exenciones, además, se han limitado.

    Información elaborada por Y. G.