Régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual – Página 14 – Casillas 470 y 471
Iván Sáez, Manager en el Departamento Human Capital de Ernst & Young Abogados, y especializado en el área fiscal y de Seguridad Social internacional de expatriados, nos desvela cada día algunos secretos para sacarle el mayor partido a la declaración de la renta
IVÁN SÁEZ
Con efectos desde 1 de enero de 2013, se elimina la deducción por inversión en vivienda habitual. No obstante, se añade una nueva disposición transitoria decimoctava para las viviendas adquiridas con anterioridad a 1 de enero de 2013.
A través de la citada disposición transitoria, ... podrán seguir aplicando la deducción por inversión en vivienda habitual conforme a la redacción de la Ley del IRPF a 31 de diciembre de 2012:
·Los contribuyentes que hubiesen adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2013 o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la misma.
·Los contribuyentes que hubieran satisfecho cantidades con anterioridad a 2013 por obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual, siempre que las citadas obras estén finalizadas antes de 1 de enero de 2017.
·Los contribuyentes que hubieran satisfecho cantidades para la realización de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de las personas con discapacidad con anterioridad a 1 de enero de 2013, siempre y cundo, las citadas obras o instalaciones estén finalizadas antes del 1 de enero de 2017.
En todo caso, será necesario que el contribuyente hubiera practicado la deducción por inversión en vivienda habitual en relación con las cantidades satisfecha para la adquisición o construcción de dicha vivienda en un periodo impositivo devengando con anterioridad a 1 de enero de 2013, salvo que hubiese adquirido una nueva vivienda habitual y no hubiese practicado la citada deducción por no superar las cantidades invertidas en la anterior vivienda habitual que fueron objeto de deducción.
Del mismo modo, a partir del 1 de enero de 2013, se suprime la deducción por cuenta ahorro vivienda.
En las casillas 470 y 471 se consignará la parte estatal y autonómica de la deducción por adquisición de vivienda habitual, siempre que se goce del derecho a aplicar el régimen transitorio descrito.No obstante, será a través del anexo A1 de la declaración donde se informe de los parámetros necesarios para su aplicación.
Régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual – Página 14 – Casillas 470 y 471
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