Los permisos que hacen falta para hacer obras en una vivienda y su precio
Ahora que llega el verano y dejan de funcionar las calefacciones suele ser habitual hacer modificaciones en casa
Lo primero a tener en cuenta es que las competencias son de los ayuntamientos, quienes deciden las licencias que piden y las tasas que cobran . Eso sí, todo se base en una normativa estatal, por lo que si bien puede haber matices, no debería haber muchas diferencias entre distintos ayuntamientos. Nosotros te presentamos los cálculos con datos del Ayuntamiento de Madrid. Los casos son muy diversos, pero en líneas generales nos vamos a encontrar con tres supuestos. 1.- Obras sencillas que sí llevan un trámite pero en las que no es necesaria la intervención de un técnico (ingeniero o arquitecto). 2.- Obras en las que se hace necesaria documentación y supervisión por un técnico: ingeniero o arquitecto. 3.- Obras exentas de cualquier permiso o trámite municipal.
Respecto al coste, tenemos otros tres casos:
A) Tasa por prestación de servicios urbanísticos, motivada por el trabajo que hace la administración en la tramitación de la licencia. Depende del tipo de obra que se vaya a hacer.
B) Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) que se corresponde al 4% de la base imponible del presupuesto de la obra que se va a realizar.
C) Tasa por la utilización privativa del dominio público local, que se paga cuando es necesario ocupar la vía pública con contenedores, andamios, maquinaria..., para la ejecución de la obra. Su cuantía va en función de la importancia de la calle (no todas pagan igual) y de la superficie y tiempo que se vaya a ocupar (más m2 y más días: mas se paga).Esta última no siempre hay que abonarla ya que, en bastantes ocasiones, no es necesario ocupar la calle con ningún elemento.
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