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La claves de la nueva regulación para los colegios profesionales

El Consejo de Ministros dará hoy luz verde a una norma que pretender avanzar en la liberalización de estos servcios

La claves de la nueva regulación para los colegios profesionales jaime garcía

y. G.

El Gobierno dará hoy luz verde en el Consejo de Ministro a la nueva normativa que pretende avanzar hacia la liberalización de los servicios profesionales en nuestro país. Estas son algunas de sus claves:

Menos colegios obligatorios

A partir de la entrada en vigor de la ley sólo tendrán obligación de colegiarse para ejercer sus profesiones los médicos, farmacéuticos, dentistas, veterinarios, enfermeros, fisioterapeutas, podólogos, ópticos-optometristas, abogados y procuradores para actuar ante tribunales -salvo abogados de empresa-, notarios y registradores.

Adaptación de los ya existentes

Tras la entrada en vigor de la ley, lo que se prevé para comienzos de 2014, quienes ejerzan actividades profesionales o profesiones no sujetas a la obligación de colegiación tendrán derecho a obtener la baja inmediata del colegio en el que estén inscritos, si así lo solicitan. Y los colegios ya existentes tendrán un año de plazo para adaptar sus estatutos a la nueva norma.

Ventajas para los colegiados

Las cuotas de inscripción o colegiación no deben superar en ningún caso los costes asociados a la tramitación de la inscripción y se deben establecer regímenes especiales bonificados de cuotas o precios para los profesionales desempleados. Los colegios deberán presentar sus cuentas auditadas.

Ingenieros y arquitectos

El anteproyecto de ley prevé la creación de un grupo de trabajo para determinar las atribuciones profesionales en el ámbito de la ingeniería y la edificación, en el que participarán los colegios de ingenieros y arquitectos, así como las profesiones afectadas que lo soliciten. El grupo tendrá tres meses de plazo para hacer sus propuestas.

La claves de la nueva regulación para los colegios profesionales

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