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El Congreso da luz verde a la ley antidesahucios

La norma entrará en vigor a principios de mayo e incluirá una reducción de la deuda de los desahuciados de hasta el 35%

El Congreso da luz verde a la ley antidesahucios efe

M. V.

El Congreso de los Diputados dará hoy luz verde a las medidas diseñadas por el Gobierno de Mariano Rajoy para paliar el drama de los desahucios, que sólo durante el año pasado afectó a 30.034 familias españolas . La comisión de Economía aprobará este jueves la proposición de ley de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, que se prevé que entre en vigor a principios del próximo mes de mayo.

El Gobierno ha tenido que ajustar por ejemplo el texto al fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, adaptando la norma nacional para que los jueces puedan paralizar un proceso de ejecución hipotecaria en caso de que constate que el contrato entre la entidad financiera y el hipotecado incluyese cláusulas abusivas, como intereses de demora, que condujesen al desahucio. De igual modo, la norma impide a los bancos iniciar el proceso hasta que se incurra en el impago de tres mensualidad, cuando hasta ahora bastaba que no se abonase la cuota de un mes para poner en marcha la ejecución.

Sin ley de segunda oportunidad

Lo que el Ejecutivo ha descartado, entre otras propuestas, es la regulación del concurso de acreedores para particulares, lo que se conoce como ley de segunda oportunidad, como de la que disfrutan las empresas, con la que cuentan otros países y que venían reclamando tanto partidos de la oposición como organizaciones sociales y profesionales. El Ministerio de Economía, encargado de elaborar la norma, entiende que sería un proceso más complejo y menos eficaz que las medidas que introduce este texto.

La ley recoge las propuestas del Ejecutivo popular en esta materia y además tiene en cuenta la iniciativa popular sobre la dación en pago, aunque no incluye su aprobación con carácter universal y retroactivo. Eso sí, introducirá modificaciones en la actual Ley Hipotecaria que suponen grandes recortes en la deuda de los desahuciados. En concreto, y una vez se produzca la ejecución hipotecaria, si el afectado abona el 65% de la cantidad adeudada en el plazo de cinco años quedará exento de abonar el resto. Ese plazo se puede extender a diez años, teniendo que pagar en ese caso el 80% para desprenderse del resto de la deuda.

Tope a los intereses de demora

Además, el texto limita los intereses de demora a tres veces el interés legal del dinero, ahora en el 4%, con lo cual pasarán del 18,7% al 12% de las cantidades no satisfechas. Con estas medidas Economía viene a admitir que a lo largo de los últimos años se produjo un desequilibrio entre los derechos de los hipotecados y los de los bancos.

Prueba de ello es que la norma introduce además cambios de calado en el procedimiento de subastas de las viviendas adjudicadas, de forma que el afectado pueda reducir su deuda con la vivienda y que no se produzcan desequilibrios en la tasación original, procedimiento que además se regulará para dotarlo de mayor independencia. Así, una vez el banco se ha quedado con el inmueble, no podrá sacarlo a subasta por un precio inferior al 75% de su tasación, lo que rebajaría aún más la deuda pendiente del hipotecado.

Reducir la deuda con la venta del piso

En caso de que la subasta quede desierta, el banco tendrá que quedarse con el inmueble a un precio mínimo del 70% del valor original. Y si en el plazo de diez años consigue venderla con beneficios, la mitad de esas plusvalías se destinarán a cubrir parte de la deuda del cliente, empezando por el capital principal y terminando por los intereses de demora, de forma que primero se reduzca el grueso de la deuda y los intereses no sigan abultando la deuda.

Tanto la quita como las plusvalías son acumulables a la hora de recortar la deuda pendiente. En el caso de la quita, además, los afectados que se hayan quedado sin su vivienda podrán acogerse a ella, mientras que los beneficios obtenidos con la venta del inmueble no contarán con ese carácter retroactivo.

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