El nuevo escenario del caso Negreira: el cohecho para acorralar al Barça

La Fiscalía y Estrada Fernández acusaron al club de corrupción, pero ahora el instructor abre otra vía, en caso de que no se pueda demostrar el amaño de la competición, con los pagos al exdirectivo del CTA

El juez imputa al Barcelona por cohecho: «Los pagos produjeron los efectos arbitrales deseados»

Caso Negreira, en directo: imputación del Barcelona, reacciones y últimas noticias hoy

Enríquez Negreira, en una imagen de archivo ABC // Vídeo: EP

Elena Burés

Barcelona

La investigación del llamado caso Negreira partió de un informe que la Agencia Tributaria remitió a la Fiscalía tras detectar irregularidades en los pagos del Barça a dos sociedades del exvicepresidente del Comité Técnico Arbitral (CTA) José María Enríquez Negreira. Unos pagos que, ... tanto el Ministerio público, como el exárbitro Estrada Fernández en su querella, calificaron de corrupción deportiva. Pero este miércoles, el instructor Joaquín Aguirre ha imputado al Barça, y a todos los investigados en la causa, por cohecho. En el caso del club, de forma activa, al considerar que el equipo realizó pagos a un funcionario público con la intención de alterar la competición deportiva y conseguir así resultados favorables.

Una segunda vía, que el propio titular del Juzgado de Instrucción 1 de Barcelona aclara en su escrito: en caso de que no se consiga demostrar que los ingresos del club a Negreira supusieron alterar la competición deportiva, con el cohecho, al haber pagado a un empleado de una entidad que desarrolla una función pública, vale «la mera intención», señalan las fuentes jurídicas consultadas. Un delito que imputa, no solo al Barça como persona jurídica, sino a todos los investigados en la causa, entre los que están sus expresidentes Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu. Las consecuencias para el club, de ser condenado por este delito, podrían suponer, entre otras, desde una multa hasta ser apartado de la Liga. Además, si finalmente se les juzga por este ilícito, lo haría un jurado popular.

Y es que la corrupción entre particulares en el ámbito deportivo cuenta con poca jurisprudencia en nuestro país. Sólo el precedente del caso Osasuna, con el amaño de partidos. No así el de cohecho, que abre la vía al instructor a juzgar al Barça y a los imputados por pagar supuestos sobornos a Negreira para «influir» en los arbitrajes. El mismo togado lo detalla en su escrito: «En España ha tenido escasa aplicación. Cuando se ha dictado sentencia condenatoria en algún caso de corrupción deportiva se ha tratado de supuestos en los que un determinado club de fútbol pagaba a jugadores de otro equipo para que ganaran a un tercero a fin de que el equipo pagador eludiera el descenso a segunda división» -el citado caso-.

Así, se apoya en la directiva europea para apuntar que «las empresas privadas que presten servicios públicos serán sometidas a la disciplina penal del cohecho obviando, por voluntad legal, la condición formal de funcionario que ha de tener al menos una de las partes». Es decir, que aunque la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) es una entidad privada, se considera que ejerce una función de naturaleza pública, y el CTA, del que Negreira fue vicepresidente mientras recibió los pagos, durante 18 años, está adscrito a la misma. Así, a efectos penales, sus directivos, «deben ser considerados como funcionarios públicos».

Por este motivo, apunta Aguirre, «no estamos ante un delito de corrupción deportiva entre particulares, sino ante un delito de cohecho». Un ilícito que hace referencia, tal y como recoge el Código Penal, a «la autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, recibiere o solicitare, por sí o por persona interpuesta, dádiva, favor o retribución de cualquier clase, o aceptare ofrecimiento o promesa para realizar en el ejercicio de su cargo un acto contrario a los deberes inherentes al mismo o para no realizar o retrasar injustificadamente el que debiera practicar». Y, dependiendo el tipo, está penado con entre seis meses y seis años de cárcel, y también multa e inhabilitación.

En el caso de Negreira, sostiene el juez que tenía la condición de funcionario desde 2004 y durante todo el periodo de tiempo en el que el Barça le pagó. «Dejó de pagarle cuando cesó en su cargo de vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros. De aquí se deriva, al menos con carácter indiciario, que los pagos se hicieron en atención al cargo que desempeñaba», apunta el instructor.

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