Laporta y su primera junta, exonerados del caso Negreira porque los pagos han prescrito
Una decisión de la Audiencia, tras tumbar la imputación por cohecho del instructor
La Audiencia de Barcelona tumba la imputación por cohecho del Barça y de Laporta en el caso Negreira
El presidente del Barça, Joan Laporta
Según lo esperado. Joan Laporta y los integrantes de su junta directiva, durante su primer mandato al frente del F. C. Barcelona, ya no están imputados por el caso Negreira. Una vez descartado el cohecho, los pagos efectuados al exdirigente arbitral ... han prescrito. Así lo recoge el auto de la Audiencia de Barcelona, que apunta que cada investigado debe responder por los abonos efectuados a José María Enríquez Negreira, durante el período en el que ejercieron sus cargos.
En el caso de Laporta, entre junio de 2003 y el mismo mes de 2010. Una vez decaídos el cohecho y la corrupción deportiva -éste último delito porque entró en vigor una vez finalizó su mandato-, prescriben la administración desleal y la falsedad documental. Estima así la Sección 21ª los recursos, tanto de la Fiscalía Anticorrupción como del propio Laporta y revoca la decisión del instructor, Joaquín Aguirre, de investigar al mandatario del Barça y a su junta. Todo ello, después de que la semana pasada, la Audiencia Provincial descartase el cohecho (soborno), al rechazar que pudiese considerarse como funcionario público al exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA).
Y es que en un inicio, la Fiscalía excluyó a Laporta la denuncia que formalizó por los más de 7 millones de euros que el Barça pagó a Negreira entre 2001 y 2018, al entender que, efectivamente, el supuesto delito habría prescrito. El mismo instructor lo dio por hecho un en auto posterior pero, finalmente, emitió una nueva resolución en la que se basó en la teoría de la «autoría adhesiva» para imputarlo.
Los magistrados de la Sección 21ª señalan que dichos pagos tienen que atribuirse a cada uno de los investigados, y no a cada junta directiva del club azulgrana. Para la Audiencia, cada presidente del Barça «debe, en su caso, responder por los pagos indebidamente realizados durante el período en que ejercieron sus cargos, siendo la finalización de este lo que debe marcar el inicio para contar el plazo de la prescripción».
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