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Hacienda

La Justicia absuelve a Xabi Alonso del delito fiscal que le atribuía la Fiscalía

La Audiencia de Madrid no ve una simulación en la explotación de los derechos de imagen con una sociedad

Así explicaba Xabi Alonso en 2015 cómo invertía su dinero

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La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto este martes al futbolista Xabi Alonso del fraude fiscal que le acusaba la Fiscalía Anticorrupción, según han informado fuentes jurídicas a ABC. Los jueces han considerado que no hubo simulación de negocio jurídico en la adquisición de una sociedad para la explotación de sus derechos de imagen en 2009, razón por la que descartan el delito fiscal. El juicio oral, hasta el que el futbolista llegó al rechazar cualquier acuerdo con la acusación, se celebró el pasado octubre.

Además del actual entrenador del filial de la Real Sociedad, también han sido absueltos los otros dos acusados en este procedimiento: su asesor fiscal, el abogado I ván Zaldúa ; e Ignasi Maestre , el que fuera administrador de la sociedad Kardzali, que adquirió los derechos de imagen del jugador. A los tres les atribuían tres delitos fiscales, correspondientes a los ejercicios 2010, 2011 y 2012. La Fiscalía solicitaba cinco años de cárcel para cada uno de ellos.

Antes de fichar por el Real Madrid, en el verano del año 2009, Xabi Alonso cedió la explotación de sus derechos de imagen a la sociedad que administraba Maestre, con sede en Madeira (Portugal), por un periodo de cinco años y a cambio de una contraprestación de cinco millones de euros. Para el Ministerio Público , la operación buscaba esquivar el pago de los impuestos por los rendimientos obtenidos por la explotación de esos derechos de imagen en España.

Los magistrados, que califican de «errática» la posición de la Fiscalía y llegan a criticar el tono de las inspectoras de Hacienda que declararon en la vista oral, argumentan que la cesión de los derechos fue real, no ficticia, y que el artículo 92 de la ley del IRPF permitía la ausencia de tributación en ese supuesto. El debate esencial del juicio, y lo que inclina la balanza, es el análisis del carácter verdadero o no de la cesión de los derechos.

«Pero esa singularidad no debe llevarnos a concluir, indefectiblemente, que la conducta enjuiciada incurra en la responsabilidad penal que se imputa, pues para ello resulta imprescindible calificar el negocio jurídico documentado en el repetido contrato de cesión de 1 de agosto de 2009 como simulado, pues la simulación absoluta –lo hemos señalado in extenso- constituye el presupuesto en el que se asienta la acusación tanto del fiscal como de la abogada del Estado», explican los jueces, que califican aun así de «llamativa» e «inhabitual» la fórmula utilizada por el futbolista y sus asesores para tratar legalmente de tributar menos, sobre todo desde la perspectiva de un contribuyente medio.

La sentencia, que es recurrible por las acusaciones, también argumenta que no se ha podido demostrar la participación personal de Xabi Alonso en los contratos cuestionados. El futbolista, el único que se ha negado a aceptar los hechos y pagar una multa, como otros futbolistas, siempre ha mantenido que nunca delinquió. «He sido transparente y claro, siempre he entregado todos los documentos y nunca he ocultado nada en el impuesto de mi patrimonio ni en la declaración de la renta pues entendía que estaba bien hecho», declaró el exfutbolista y actual entrenador en el juicio.

Nota de actualización: la Audiencia Provincial de Madrid declaró mediantesentencia de 8 de abril de 2021 la absolución de D. Ignasi Maestre Casanovas de los delitos contra la Hacienda Pública que se le imputaban.

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