¿Una consulta «popular» o referéndum sobre los toros? (a propósito de la hipótesis de dicha consulta en México)
No se puede aplicar un referéndum a las expresiones culturales
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La Plaza México
La idea de resolver una controversia de sociedad por una consulta popular o referéndum no se puede aplicar a un elemento cultural. Eso equivaldría a la imposición de una censura utilizando como instrumento un aparente proceso democrático y la ley de mayorías.
Sería ... una clara contradicción con lo establecido por las convenciones de la Unesco de 2003 y 2005 sobre la promoción del Patrimonio Cultural Inmaterial y sobre la protección de la diversidad de las expresiones culturales.
Estas dos convenciones consagran el respeto y el derecho de las minorías culturales, y entienden que cualquier tradición o patrimonio inmaterial sólo depende, para su supervivencia, de que sea reconocido y cultivado por la comunidad humana que se identifica con él, con la única condición de estar conforme a los principios de la declaración universal de los derechos humanos.
No olvidemos esta reflexión de Albert Camus, que escribió su fascinación por la fiesta de los toros y fue uno de los grandes defensores del humanismo en el siglo XX: «la mejor de las democracias no es solo la que aplica la ley de las mayorías, sino la que asume la protección de las minorías».