La CNMC sanciona a la SGAE con una multa de 6,5 millones y prohibición de contratar con administraciones
El organismo regulador ve probado que la entidad de gestión de derechos de autor ha abusado de su posición de dominio desde 2016 hasta la actualidad
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Madrid
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Iniciar sesiónLa Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) con una multa de 6,5 millones de euros y la prohibición de contratar con la Administración Pública al acreditar la existencia de ... dos infracciones muy graves consistentes en abuso de su posición dominante en los mercados de concesión de autorizaciones de uso de obras musicales y audiovisuales. La duración de la prohibición de contratar con el sector público, gran novedad de esta resolución respecto a otros procedimientos anteriores, está por decidir aún. La SGAE tiene previsto recurrir el fallo ante la Audiencia Nacional.
Según explica Unison, un operador privado de gestión de derechos musicales que denunció a la SGAE, la CNMC constata en la resolución del 19 de junio de 2024 que la entidad sancionada habría incurrido en un abuso de posición dominante al falsear la competencia, «impidiendo o dificultando la entrada de nuevos operadores» en el mercado de los usuarios (empresas que usan los derechos, desde Spotify a una televisión o un festival). Este expediente sancionador viene a resolver la investigación iniciada por la CNMC en enero de 2022 a instancias de los dos denunciantes, Unison y DAMA, entidad que le ha ido arrebatando a la SGAE el pastel audiovisual estos últimos años.
En concreto, el regulador aprecia abuso de posición dominante en los mercados de licenciamiento de obras musicales para el servicio de comunicación audiovisual radiofónico y para el servicio de comunicación televisivo (lineal y bajo demanda) por dos motivos: por el diseño y aplicación de tarifas planas o por disponibilidad de naturaleza anticompetitiva y, segundo, por la presentación de su repertorio a los usuarios como pretendidamente universal y mantener la indemnidad de los mismos frente a reclamaciones de terceros. En resumen, la SGAE se ha beneficiado de su posición dominante, porque es la entidad más grande de España en esta materia, para dificultar la competencia a los nuevos operadores. Son dos infracciones que la CNMC califica de muy graves.
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El organismo regulador indica en su resolución que la SGAE ostenta desde 2016 cuotas de mercado muy elevadas, siempre por encima del 90 por ciento, en el mercado de concesión de autorizaciones de uso de obras musicales que tiene en su repertorio para ser reproducidas en radios y televisiones. En el caso de la primera infracción señalada, la duración de la conducta abarca desde al menos el 1 de enero de 2016 hasta la actualidad; la segunda, habría tenido lugar desde al menos el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2017. Por la primera, la CNMC aplica una sanción de 3,9 millones y, por la segunda, 2,4 millones. Sumadas, 6,5 millones que el regulador sitúa por debajo del límite del 10 por ciento del volumen de negocios de la empresa infractora.
La CNMC añade en su escrito que «a lo largo de la instrucción del expediente sancionador, la SGAE no ha acreditado contar con programas de cumplimiento que pongan de manifiesto su voluntad cumplidora en relación con la defensa de la competencia, ni haber adoptado medidas técnicas, organizativas y de personal apropiadas para evitar la comisión de futuras infracciones de la normativa de competencia». Atendiendo a todo esto, el organismo decreta también la prohibición de la SGAE de contratar con la Administración Pública, si bien su duración debe ser decidida por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, e insta a la entidad a tomar «las medidas necesarias para la cesación de las conductas» sancionadas.
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Unison recuerda en una nota de prensa que la CNMC ya había abierto un primer expediente sancionador que actualmente está siendo revisado por el Tribunal Supremo. La SGAE, por su parte, manifiesta que discrepa del contenido de la resolución de la CNMC. Califica de «claramente erróneas» las acusaciones. «La existencia de tarifas por disponibilidad es un fenómeno absolutamente habitual en muchísimos sectores», aduce, sobre la presentación de su repertorio como universal apunta que solo ofrecen a los usuarios «los derechos cuya gestión tiene encomendados».
Estando radicalmente en desacuerdo con la resolución, la SGAE va a interponer un ante la Audiencia Nacional. «En este sentido –añade la entidad–, debe recordarse que la Audiencia Nacional ya anuló en diciembre de 2023 una previa resolución de la CNMC de 2019 por considerar que la CNMC no había acreditado que SGAE ostentase una posición de dominio (Sentencia de 19 de diciembre de 2023, Rec. 1510/2019). Por otra parte, la resolución de hoy de la CNMC ignora sus propios precedentes, puesto que la CNMC ya había validado en expedientes anteriores las tarifas de SGAE a las que se refiere esta nueva Resolución, sin observar que plantearan problemas de competencia».
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SuscribetePeriodista. Licenciado en Ciencias de la Información por la UCM y Máster ABC
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