Un varapalo judicial pone en peligro el modelo de reparto de la SGAE que acabó con la 'Rueda'
Un tribunal de primera instancia anula la reforma de los estatutos que permitió la convocatoria de asambleas telemáticas
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Iniciar sesiónNo hay paz para la Sociedad General de Autores (SGAE). La principal asociación española dedicada a la gestión colectiva de derechos de autor ha sufrido un nuevo varapalo judicial que deja en el aire todas las decisiones adoptadas por su Asamblea General en ... el último año y medio. Entre ellas, el nuevo modelo de reparto diseñado para acabar con la polémica 'Rueda' y que provocó una nueva grieta en la entidad, con impugnaciones y duras críticas de colectivos tan mediáticos como el de los artistas flamencos .
El Juzgado de Primera Instancia Número 21 de Madrid ha declarado nulo de pleno derecho varios puntos acordados en la Asamblea General Extraordinaria de la SGAE celebrada el 30 de noviembre de 2020. Uno de ellos corresponde al punto 1 del orden del día, consistente en la reforma de los estatutos. Esta modificación afectó al artículo 38 , que pasaba a permitir la convocatoria de asambleas exclusivamente por vía telemática «únicamente por casos de fuerza mayor o por situaciones excepcionales debidamente justificadas».
La juez, en su sentencia, estima que en la votación del punto 1 del orden del día hubo «falta de claridad» y de «información previa a los socios» para que pudieran «asistir con examen previo de las cuestiones» incluidas en la convocatoria y «votar en consecuencia». El fallo también hace referencia a la votación conjunta de varias modificaciones estatutarias, unas a instancias del Ministerio de Cultura y otras a iniciativa de la Junta Directiva. Según la juez, debieron votarse «de forma separada y no conjunta», teniendo en cuenta que eran «cuestiones de todo punto distintas y dispares».
«La actualización de los estatutos fue comunicada y avalada por el Ministerio de Cultura, que emitió un informe favorable», defiende la SGAE
Fuentes de la SGAE recuerdan que la sentencia «es fruto de la acción ejercida de un solo miembro de la entidad y no es firme», y prevén recurrirla. Esto significa que el fallo no tendrá aún consecuencias inmediatas mientras no se pronuncie una instancia superior. «La actualización de los estatutos fue comunicada y avalada por el Ministerio de Cultura, que emitió un informe favorable», señala la SGAE. «No existe ninguna obligación legal en presentar la actualización de los estatutos por separado».
A la espera del recurso, lo que el fallo judicial pone en cuestión son las decisiones tomadas por las asambleas celebradas de manera telemática desde 2021. La más sustanciosa de ellas es la que se celebró el pasado 9 de febrero, cuando se votó un nuevo sistema de reparto para acabar con la polémica 'Rueda'. Esta convocatoria ya fue censurada por la corriente crítica por su no presencialidad, al entender que las «causas de fuerza mayor o de naturaleza excepcional» ya no se daban con la normalización de la pandemia.
El otro motivo por el que algunos socios impugnaron la asamblea tiene que ver con el reparto del dinero: la dirección de la SGAE consiguió aprobar un nuevo sistema que vincula el pago por derechos de autor a la audiencia y el retorno publicitario de los programas en los que las obras se emiten, como solución a la 'Rueda' que desangró la entidad por las numerosas irregularidades que se produjeron.
El nuevo sistema reduce casi a cero euros los ingresos por el uso de repertorios de colectivos como el flamenco, el jazz o la música independiente
La Audiencia Nacional, que investiga el caso desde 2017, cifró en 100 millones de euros el supuesto fraude cometido por un puñado de socios que, en connivencia con las televisiones, generaron ingresos millonarios por obras de «mala calidad» emitidas en la franja nocturna. La crisis abierta por esta práctica fue tal que la SGAE fue expulsada de la CISAC –la confederación internacional de derechos de autor– y el Ministerio de Cultura amenazó con retirar la licencia.
Este sistema nuevo, en cambio, reduce casi a cero euros los ingresos por el uso de repertorios de colectivos como el flamenco, el jazz o la música independiente. Hubo varias denuncias y los juzgados tienen que pronunciarse. La SGAE siempre ha defendido que ningún autor se iba a quedar a cero euros, aunque sí reconocía que los derechos generados por franjas como la de la madrugada, que ante estaba sobrerrepresentada, se reducirían notablemente.
La sentencia dictada a principios de junio admitió a trámite todas las impugnaciones del socio demandante. Porque además de declarar la nulidad de la modificación estatutaria, la juez estimó que la designación de varios miembros de la Comisión de Supervisión no se hizo por los cauces adecuados y no se puso disposición de la Asamblea General, «para su examen y consideración, la declaración sobre conflictos de interés de los miembros de la Junta Directiva de la SGAE elegidos en los comicios celebrados el 22-10-2022».
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