bilingüismo
El TSJC ratifica la cuota del 25% de castellano en escuelas si un alumno lo pide
Desestima los recursos interpuestos por el departamento de Enseñanza y los padres de alumnos de los cinco colegios que impugnaron la decisión
abc. es
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ratificado que el castellano debe ser la lengua vehicular en las escuelas catalanas en una cuota del 25 % si un alumno lo pide, sin que sea suficiente la atención individualizada al estudiante.
En un auto, que es recurrible, la sección quinta del TSJC ha desestimado los recursos interpuestos por el departamento de Enseñanza y los padres de alumnos de los cinco colegios que impugnaron la decisión del alto tribunal catalán de imponer una cuota mínima del 25 % de clases en castellano en las aulas si un alumno lo pedía.
Según informa el TSJC, el Tribunal no admite la pretensión de que los porcentajes de uso de una y otra lengua sean del 50% cada una. En este sentido se reitera que el catalán constituye el centro de gravedad del sistema de enseñanza según impone la normativa catalana, de forma que es razonable que su presencia en la enseñanza sea mas intensa.
Por otro lado los autos ponen de relieve que en la interpretación que el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo han hecho hasta la fecha, es necesario que el castellano esté presente como lengua vehicular en la enseñanza, y lo esté al menos en un porcentaje mínimo suficiente, de forma que si la Administración no fija tal porcentaje según su criterio, corresponde a los Tribunales hacer efectivo dicho mandato.
El Tribunal pone así mismo de relieve que la presencia vehicular suficiente de las lenguas oficiales es un mandato constitucional, de forma que no es una cuestión disponible por los centros docentes; centros que quedan sometidos al marco legal de la misma forma que los padres y los restantes agentes que intervienen en el servicio público de la enseñanza, como sucede con otros aspectos como la identificación de las asignaturas que conforman los cursos o los currículos escolares.
Finalmente, los autos se hacen eco de la doctrina reiterada del Tribunal Supremo en el sentido que la presencia vehicular del castellano no puede resolverse exclusivamente a partir de la enseñanza singularizada aplicada a un determinado alumno, descartándose así mismo que la mera aplicación del marco general legislativo y constitucional pueda ocasionar segregación por razones lingüísticas.
El TSJC ratifica la cuota del 25% de castellano en escuelas si un alumno lo pide
Noticias relacionadas
- Cataluña recurrirá la obligación de dar un 25% de las clases en castellano
- Cataluña no cambiará «ni una coma» del modelo educativo pese al fallo del TSJC
- El TSJC fija en el 25% el castellano obligatorio en las aulas en cinco casos
- Cataluña ordena incumplir las sentencias sobre el castellano en las escuelas
- Solo el 14% de los colegios catalanes usa el castellano en clase
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete