Hazte premium Hazte premium

EDUCACIÓN

La Consejería renuncia a realizar obras en dos centros en Albacete

ABC

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado la resolución por la que la Consejería de Educación, Cultura y Deporteshace pública la renuncia a realizar obras en dos centros educativos en Albacete y a construir otros dos en Cuenca y Ciudad Real.

Concretamente, según publica el DOCM y recoge Ep, la Consejería hace publica su renuncia al procedimiento decontratación de redacción de proyecto básico y de ejecución, redacción del estudio de seguridad y salud y direcciónfacultativa de grado superior para las obras de sustitución, ampliación y reforma en el CEIP Vera Cruz de Alpera (Albacete). La renuncia de este proyecto —de un presupuesto de 129.854 euros y cuya licitación fue publicada mediante resolución de la Secretaría General de 8 de noviembre de 2010— se produce «por razones de interés público».

También en Albacete, la Consejería ha hecho pública la renuncia al procedimiento decontratación de servicios en el CEIP Ildefonso Navarro de Villamalea. Este proyecto tenía un presupuesto de 173.712 euros.

Tarancón y Alcázar

De otro lado, el departamento dirigido por Marcial Marín ha hecho pública igualmente la renuncia al procedimiento de contratación de obras, convocado por procedimiento abierto para la construcción del CEIP en el camino de Corral de Almaguer esquina con calle Río Riansares en Tarancón (Cuenca). El presupuesto para esta obra era de 5.093.014 euros.

Por último, el Diario Oficial publica la renuncia a la construcción del CEIP Número 9 en la zona Ciudad Jardín en Alcázar de San Juan. Inversión cofinanciada en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, a través del Programa Operativo Feder de Castilla-La Mancha, con un presupuesto de 3.209.715 euros

En todos los casos son «razones de interés público», las que han llevado a no poner en marcha estos proyectos.

Contra estas resoluciones —que no agotan la vía administrativa— y de conformidad con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, cabe interponer recurso de alzada.

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación